La plenaria del Senado y de la Cámara de Representantes aprobaron este martes 3 de noviembre la Ley de Sometimiento, una de las principales apuestas del Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella para establecer un nuevo marco jurídico que permita a integrantes de organizaciones criminales someterse a la justicia a cambio de beneficios judiciales.
La iniciativa recibió 57 votos a favor y 24 en contra en el Senado y 95 a favor y 10 en contra en la Cámara de Representantes. Ahora está lista para pasar a sanción presidencial y convertirse en Ley de la República. Este nuevo articulado deja sin efecto a la Paz Total del gobierno de Gustavo Petro.
El ministro del Interior (E), Iván Cancino, aseguró sobre la Ley de Sometimiento que en el Senado de la República "se aprobó un texto sólido y fuerte". Todavía falta que se surta el proceso en la Cámara de Representantes. https://t.co/f0wz5K9jDc pic.twitter.com/T12Y6SDPlK
— Revista Semana (@RevistaSemana) November 3, 2026
Durante la discusión en el Senado se introdujeron varios ajustes al articulado, que luego fueron refrendados por la Cámara, con modificaciones relacionadas con las penas, las condiciones para acceder al tratamiento penal diferenciado, la responsabilidad de los cabecillas y las obligaciones institucionales que implica la implementación de este mecanismo.
El senador Hernán Cadavid, del Centro Democrático y ponente de la iniciativa, explicó los siete principales cambios que quedaron incorporados en el texto aprobado por la corporación.
Fin a la falsa “Paz Total”. Hoy el Senado le ha cumplido a Colombia con la aprobación de la Ley de Sometimiento. Como ponentes, trabajamos con la responsabilidad de construir una nueva herramienta para enfrentar los desafíos de orden público. pic.twitter.com/uyusr9oqdI
— Hernán Cadavid (@hernancadavidma) November 3, 2026
¿Qué cambió?
- Mayores exigencias para los condenados por lavado de activos: Uno de los ajustes está relacionado con las condiciones para acceder a los beneficios judiciales en casos de lavado de activos. El tiempo mínimo de pena que deberá cumplirse pasó de uno a seis años, aumentando las exigencias para quienes busquen acogerse al mecanismo de sometimiento.
- Exclusión de responsables de reclutamiento de menores: El texto establece que no podrán acceder al tratamiento penal diferenciado quienes hayan sido condenados por reclutamiento ilícito de menores o sean responsables de reclutar a niños, niñas y adolescentes menores de 18 años.

- Eliminación de gastos reservados del FONSECON: Otro de los cambios aprobados fue retirar la disposición que contemplaba el uso de gastos reservados del Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana (FONSECON), un mecanismo que había generado discusión durante el trámite legislativo.
- Los territorios no asumirán las cargas del sometimiento: Los departamentos y municipios quedaron exentos de asumir responsabilidades económicas derivadas de los procesos de sometimiento de las organizaciones armadas. La coordinación de estas actuaciones estará a cargo del Ministerio de Justicia.

- Centros de reclusión bajo administración del INPEC: Se estableció que quienes accedan a estos beneficios deberán permanecer en centros de reclusión regidos por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), garantizando una restricción efectiva de la libertad.
- Penas mínimas de diez años para los mandos: La iniciativa establece que quienes hayan ejercido roles de mando dentro de las estructuras criminales no podrán recibir una pena inferior a diez años de prisión.
- Reducciones diferenciadas según el nivel de responsabilidad: El proyecto mantiene beneficios distintos para los integrantes de las organizaciones: los miembros de base podrán acceder a una reducción del 50 % de la pena, mientras que para los cabecillas la rebaja será del 30 %.
