Vehículos

Bicicletas y patinetas eléctricas deberán cumplir con este requisito de identificación en 2027

El Ministerio de Transporte estableció nuevas condiciones para la circulación de estos vehículos en el país.

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27 de octubre de 2026 a las 4:37 p. m.
Las bicicletas y patinetas eléctricas deberán cumplir nuevos requisitos técnicos en Colombia a partir del 1 de enero de 2027.
Las bicicletas y patinetas eléctricas deberán cumplir nuevos requisitos técnicos en Colombia a partir del 1 de enero de 2027. Foto: Guillermo Torres

Las patinetas y bicicletas eléctricas se han convertido en una de las alternativas de movilidad preferidas por varios usuarios en el país; al ser ideales para distancias cortas, cuentan con un tamaño compacto y son mucho más económicas que otros medios de transporte.

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Eso sí, para el próximo año quedaron establecidos los nuevos requisitos que tendrán que seguir los dueños de estos medios de micromovilidad, luego de que el Ministerio de Transporte expidiera la Resolución 20263040030675 del 4 de agosto de 2026, reglamentando la Ley 2486 de 2025.

A partir del 1 de enero de 2027, los vehículos eléctricos livianos como bicicletas y patinetas deberán llevar una lámina de identificación técnica. En ella se debe contener información clave, entre ella la siguiente:

  • Número de serie
  • Año de fabricación
  • Potencia
  • Velocidad máxima
  • Marca
  • Modelo
  • Peso
  • Categoría
  • Clase de vehículo

A través de estos datos se podrán identificar las características y rasgos que tiene cada uno de estos medios de transporte liviano, verificando si cumplen con los parámetros establecidos por la normativa.

Las patinetas eléctricas se consolidan como una alternativa de movilidad para desplazamientos urbanos gracias a su facilidad de uso y transporte.
Los vehículos eléctricos livianos deberán contar con una lámina de identificación técnica con información sobre sus características. Foto: Colprensa - Diego Pineda

La instalación de estas láminas es otro factor clave; la resolución indica que los fabricantes, ensambladores, importadores y comercializadores tienen que colocar esta placa al momento de vender el vehículo nuevo.

Aquellos propietarios que cuentan con una patineta o bicicleta eléctrica que fueron comercializadas antes del 1 de enero de 2027 tienen la responsabilidad de instalar la lámina previo a la fecha límite dada por el Gobierno nacional. Para conseguir los datos técnicos, los dueños pueden recurrir al manual de usuario, la factura de compra u otros documentos que fueron expedidos por el vendedor o el fabricante.

¿Qué otros aspectos deben tener las patinetas y bicicletas eléctricas?

Dentro de la resolución fijada por el Ministerio de Transporte, también se encuentran otras condiciones que deberán cumplir los vehículos livianos en el país a partir del próximo año, siendo las siguientes:

  • Sistema de frenos.
  • Luces delanteras y traseras.
  • Avisador acústico.
  • Limitador de velocidad.
  • Indicador de batería.
  • Indicador de velocidad.
  • Luces direccionales.
  • Sistemas que impidan modificar la velocidad máxima del vehículo.

Estas unidades también deben seguir al pie de la letra otros aspectos en materia de movilidad, teniendo una velocidad máxima de 25 km/h cuando estén cruzando por ciclovías y espacios destinados a actividades recreativas o deportivas.

Si el usuario está cruzando por calzadas o carriles mixtos, la velocidad máxima que permite la reglamentación será de 40 km/h.