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¿Compró un carro nuevo? Esta es la fecha en la que debería hacer la primera revisión técnico-mecánica

Los vehículos particulares nuevos tienen plazos establecidos para su primera inspección obligatoria, así puede enterarse.

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6 de noviembre de 2026 a las 7:43 p. m.
Las precauciones acerca de la revisión.
Las precauciones acerca de la revisión. Foto: Getty Images

La compra de un carro nuevo significa comenzar a tener en cuenta diferentes plazos para hacer trámites que le permitan circular con este por las vías del país. En este caso, la revisión técnico-mecánica, al ser uno de ellos, tiene un plazo inicial para ser procesado.

¿Cuánto tiempo debe pasar para hacer esta revisión?

Según lo que estableció el artículo 179 de la Ley 2294 de 2023, los vehículos nuevos de servicio particular, aparte de las motos, deben tener su primera revisión técnico-mecánica (incluyendo emisiones contaminantes) al pasar cinco años desde que se haga la matrícula en el RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito).

El plazo no comienza cuando el comprador retira el vehículo o cuando este sale de la fábrica, sino desde que es registrado ante el organismo de tránsito correspondiente.

Para dar un ejemplo, si un carro particular nuevo fue matriculado el 6 de noviembre de 2026, deberá realizar su primera revisión al cumplir cinco años, es decir, a partir del 6 de noviembre de 2031.

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Una vez aprobada la primera inspección, el trámite debe renovarse cada año.

Acerca de motos y vehículos de servicio público, estos deben realizar su primera revisión técnico-mecánica cuando cumplen dos años desde la fecha de matrícula. Después, deben renovarla cada año, al igual que los vehículos particulares.

Esta inspección se hace en un CDA (Centro de Diagnóstico Automotor) autorizado y revisa varios aspectos fundamentales para la seguridad vial y el cuidado ambiental.

Entre estos está la revisión del sistema de frenos, la dirección, la suspensión, las llantas, las luces, la carrocería y en qué nivel se encuentran las emisiones de gases contaminantes.

Precauciones acerca de la revisión

Cabe aclarar que circular con la revisión técnico-mecánica vencida puede acarrear consecuencias económicas y legales. De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, esta conducta es una infracción C35, sancionada con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes o $ 633,111.

Además, las autoridades de tránsito pueden inmovilizar el vehículo, lo que implica asumir los costos correspondientes a grúa y parqueadero para recuperarlo.

También se recomienda verificar que el CDA elegido sí esté autorizado por el Ministerio de Transporte y cuente con acreditación vigente. Esto permite evitar establecimientos que no están habilitados para expedir certificados válidos. El resultado de la inspección normalmente queda registrado en el RUNT, por lo que el conductor puede consultar allí la información sobre la vigencia de su revisión.