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Consumir alcohol y manejar está prohibido: estas son las sanciones y comparendos que un conductor puede recibir en 2026

Las personas no se pueden negar a realizar la prueba de alcoholemia, ya que provoca infracciones graves.

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11 de mayo de 2026 a las 10:48 p. m.
Las personas que cometan esta violación podrán perder su licencia de conducción y realizarán labores comunitarias.
Las personas que cometan esta violación podrán perder su licencia de conducción y realizarán labores comunitarias. Foto: Getty Images

Una de las infracciones más graves que sigue ocurriendo en Colombia es conducir bajo un estado de embriaguez y alcohol. Asimismo, sigue siendo una de las mayores causas de siniestros viales en el país. Es ante ello que la ley establece una serie de sanciones y comparendos a aquellos conductores que lleven a cabo estas acciones en vías y calles.

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Por medio de las medidas que están escritas en el Código Nacional de Tránsito y en la Ley 1696 de 2013, se han incrementado las penas para los conductores que sobrepasen los límites que son establecidos por el gobierno.

Así se clasifican los grados de alcohol en 2026

Los procesos de alcoholismo derivan principalmente del nivel que haya consumido el conductor y tenga en su organismo. De acuerdo con la ley, hay cuatro grados para determinar la sanción del usuario:

  • Grado cero: tener un nivel entre 20 y 39 mg de etanol por 100 ml de sangre.
  • Primer grado: tener un nivel entre 40 y 99 mg de etanol por 100 ml de sangre.
  • Segundo grado: tener un nivel de 100 y 149 mg de etanol por 100 ml de sangre.
  • Tercer grado: tener un nivel a partir de 150 mg de etanol.

¿Cómo son las sanciones y multas que son establecidas por el Gobierno en 2026?

Las consecuencias que derivan de encontrarse bajo los efectos del alcohol mientras se maneja van desde sanciones económicas elevadas por medio de los salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) hasta la cancelación de la licencia de conducción.

Negarse a realizar la prueba de alcoholemia puede derivar en sanciones cercanas a los $84 millones.
Negarse a realizar la prueba de alcoholemia puede derivar en sanciones cercanas a los $84 millones. Foto: Getty Images

Según lo establecido, en el año 2026, entre las sanciones están incluidas multas que van desde los 90 hasta 720 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo cual puede dar un precio entre los 5,2 millones y 42 millones de pesos colombianos en este año.

En cuanto a la suspensión de licencia, dependiendo del grado de alcoholemia que haya tenido el conductor, oscila entre uno y 10 años. La inmovilización del vehículo será realizada dentro de un periodo de uno a 10 días hábiles. Adicionalmente, la persona sancionada estará obligada a realizar labores y acciones comunitarias durante un horario establecido por las autoridades competentes.

¿Qué ocurre si un conductor no quiere realizar la prueba de alcoholemia?

En el caso de que se presente que el dueño del vehículo no acepte realizar la prueba de alcoholemia, es considerado una infracción grave acorde a lo establecido en la Ley 1696 de 2013 y el Código Nacional de Tránsito.

Ante estos hechos, los agentes de tránsito estarán en la disposición de realizar una multa equivalente a 1.440 mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). En este año, la sanción presenta una aproximación de alrededor de $ 84 millones de pesos.