Diariamente, en los municipios y ciudades de Colombia se realizan retenes de manera constante en las principales vías. En medio de estos chequeos, los conductores suelen entrar en pánico y olvidar los procedimientos que se deben realizar ante un agente de tránsito.

Más allá de consejos como mantener la calma durante la intervención, es de vital importancia tener en cuenta cuáles son los documentos que el Código Nacional de Tránsito obliga a presentar a todo ciudadano mientras está frente al volante.
Dentro del territorio nacional, los agentes de tránsito únicamente están habilitados para solicitar y verificar los siguientes documentos:
- Cédula de ciudadanía o documento de identidad.
- Licencia de conducción.
- Licencia de tránsito (comúnmente denominada tarjeta de propiedad).
- Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
- Certificado de la revisión técnico-mecánica.

¿Hay que tener los documentos en físico?
Conforme ha avanzado la tecnología, también la normativa de tránsito; por eso, desde el año 2022 es permitido presentar los documentos digitalmente, además de poder ser consultados a través de la plataforma del RUNT.
La normativa vigente adoptada por el Ministerio de Transporte aclara que no es obligatorio portar los documentos en papel, ya que la verificación en el sistema oficial cuenta con plena validez legal.

Sin embargo, los expertos sugieren contar con copias físicas o archivos descargados en el dispositivo móvil para evitar contratiempos por falta de señal de internet o fallas en el sistema durante el retén.
Existen puntos fundamentales que el conductor debe conocer para proteger sus derechos durante el control. Los agentes de tránsito no tienen la autorización para retener la cédula de ciudadanía ni la licencia de conducción del ciudadano bajo ninguna circunstancia.

Sin embargo, en dado caso de no contar con alguno de los documentos obligatorios en cuestión, representa la imposición de multas y sanciones, además de la posibilidad de inmovilización del vehículo.
Obligaciones que establece el Código de Tránsito
Para evitar inconvenientes, los propietarios de vehículos deben constatar que tanto el SOAT como la revisión técnico-mecánica aparezcan cargados correctamente en el sistema nacional.

Es responsabilidad del conductor verificar que sus documentos estén registrados en la Consulta Ciudadana del RUNT antes de iniciar cualquier desplazamiento por las vías nacionales. La licencia de conducción debe corresponder estrictamente al tipo de vehículo que se opera, mientras que la licencia de tránsito acredita el registro legal del automotor ante el Estado.
El cumplimiento de estas normas no solo evita sanciones administrativas, sino que garantiza que el vehículo cuenta con las garantías mínimas de seguridad y cobertura ante eventuales accidentes, permitiendo un flujo vehicular más ordenado y supervisado por las autoridades competentes.
