Fumar un cigarrillo mientras conduce puede ser una práctica común para muchos colombianos. Sin embargo, según la ley del país es una conducta que se considera una infracción.

Los conductores que se han identificado cometiendo la infracción, deberán pagar una multa de diez salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) lo que en Colombia equivale en 2026 a $583.635.
Si se trata de un conductor de servicio público, la sanción incluye la obligación de asistir a un curso pedagógico de seguridad vial. Además, según el artículo 93 del Código Nacional de Tránsito, las empresas de transporte deben reportar diariamente todas las infracciones de los conductores al Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
El artículo 132 del Código Nacional de Tránsito indica que los pasajeros de vehículos de servicio público también se verán expuestos a recibir una sanción si cometen la falta.
“El pasajero que sea sorprendido fumando en un vehículo de servicio público, será obligado a abandonar el automotor y deberá asistir a un curso de seguridad vial. Si se tratare del conductor, éste también deberá asistir a un curso de seguridad vial”, explica la ley.

En el caso de que fumar haya sido un factor clave en medio de un accidente de tránsito, las autoridades pues pueden imponer una sanción mayor. Si comprueban que el cigarrillo generó el accidente la multa puede llegar hasta los 100 SMDLV, es decir, $5.836.300 y la suspensión de la licencia.
Otras sanciones por fumar
La Resolución 1956 de 2008 del Ministerio de Salud buscó promover ambientes libres de humo para proteger la salud de trabajadores y ciudadanos. La misma prohíbe fumar en áreas cerradas, lugares de trabajo y espacios públicos, protegiendo así la salud de los trabajadores y ciudadanos.
También restringe fumar en entidades de salud, instituciones de educación formal, establecimientos donde se atienden menores de edad y medios de transporte público, oficial y escolar.

El Código Nacional de Policía y Convivencia penaliza las acciones que dañan la convivencia en el espacio público. Las personas que fumen en buses o estaciones de TransMilenio estarían incumpliendo una infracción tipo 1 que tiene una multa de 4 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV), es decir, de $233.454 en 2026.
