El Gobierno nacional expidió el Decreto 1428 de 2025, mediante el cual se establece un mecanismo diferencial en el precio del diésel (ACPM) para los vehículos de servicio particular, diplomático y oficial, con el fin de corregir distorsiones en el uso de los subsidios y proteger las finanzas públicas.
“La decisión parte de un diagnóstico claro: durante años, el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) terminó subsidiando el consumo de diésel de vehículos que no cumplen una función social esencial, lo que generó un alto costo fiscal para el Estado”, aseguró un comunicado del Ministerio de Minas y Energía.
Con este decreto, el precio del diésel para esos vehículos se acerca a su valor real, mientras que el transporte público de carga y pasajeros queda expresamente excluido de la medida, evitando impactos en el costo de los alimentos, el transporte y el bolsillo de los hogares colombianos.

Tras conocerse la expedición del decreto, Fendipetróleo y la Confederación de Distribuidores Minoristas de Combustibles y Energéticos se pronunciaron e hicieron precisiones sobre el alcance del decreto.
En primer lugar, afirmaron que las estaciones de servicio no fijan precios ni definen subsidios. Las estaciones de servicio son agentes regulados que aplican estrictamente los precios, márgenes y condiciones definidos por el Gobierno Nacional. “No somos beneficiarios de subsidios, ni tenemos injerencia en la estructura del precio final de los combustibles”.
En segundo término advierten que la implementación del mecanismo diferencial debe tener claridad operativa y normativa.

El decreto prevé una implementación gradual, focalizada y sujeta a reglamentación posterior. “Es indispensable que dicha reglamentación sea clara, oportuna y técnicamente viable, para evitar confusión entre usuarios y riesgos operativos en las estaciones de servicio. Así mismo, solicitamos que la medida se aplique de manera nacional. La diferencia de precios entre municipios incentiva el desplazamiento de los consumidores hacia zonas donde el combustible sea más económico, afectando la libre competencia y provocando desequilibrios en las ventas”.
Además, exigen en su pronunciamiento una articulación institucional y socialización adecuada. “La correcta aplicación del mecanismo diferencial dependerá de sistemas de control, identificación vehicular, vigilancia y fiscalización que no trasladen cargas desproporcionadas a las estaciones de servicio ni generen tensiones con los consumidores finales”.

Finalmente, piden garantizar la sostenibilidad del servicio público de distribución. “Las estaciones de servicio operan 24/7, generan más de 50.000 empleos formales y son un eslabón esencial para la movilidad, la economía regional y el abastecimiento del país. Cualquier ajuste en la política de precios debe considerar la estabilidad operativa y financiera de este eslabón de la cadena”.

Pidieron una implementación ordenada, transparente y segura del mecanismo diferencial, evitando impactos no deseados sobre el servicio público de la distribución de combustibles.
Es importante aclarar que la medida no entrará a regir de inmediato, sino hasta cuando el Ministerio de Minas y Energía reglamente su forma de implementación.










