Las copropiedades ubicadas en los municipios afectados por el sismo del pasado 10 de agosto podrán utilizar de manera extraordinaria parte de los recursos del fondo de imprevistos para atender daños y gastos relacionados con la emergencia, de acuerdo con las medidas establecidas en el Decreto 1423 de 2026.

La norma permite destinar estos recursos para financiar gastos habituales de operación y reparaciones, con el objetivo de facilitar la atención de las afectaciones sin comprometer de manera inmediata la liquidez de las copropiedades. La medida también incluye a los municipios afectados del departamento de Cundinamarca.
De acuerdo con el decreto, el administrador podrá disponer inicialmente de hasta el 50 % de los recursos disponibles en el fondo de imprevistos, siempre que cuente con la aprobación del consejo de administración. Para utilizar un porcentaje superior o volver a recurrir a este fondo será necesaria la autorización de la asamblea general de propietarios.
El decreto también contempla la posibilidad de establecer planes especiales de pago para cubrir las expensas extraordinarias requeridas para la rehabilitación, reparación, reforzamiento o reconstrucción de las copropiedades. Estos mecanismos deberán garantizar la sostenibilidad financiera de la propiedad horizontal.

Para Lina María Torrado Rojas, presidenta ejecutiva de la Lonja de Propiedad Raíz de Bogotá, el reto consiste en atender los daños sin generar una presión financiera desordenada sobre los propietarios.
“Las copropiedades deben atender las afectaciones del sismo sin perder de vista su sostenibilidad financiera. El uso responsable del fondo de imprevistos y una adecuada planeación de las expensas extraordinarias serán fundamentales para que las obras necesarias puedan ejecutarse sin generar una presión financiera desordenada sobre los propietarios”, señaló.

La Lonja recomienda a administradores y consejos de administración documentar los daños, priorizar las reparaciones, revisar las coberturas de seguros y definir las fuentes de financiación antes de comprometer recursos de la copropiedad. Según la entidad, las pólizas de áreas comunes cubren este tipo de riesgos.
Las medidas de propiedad horizontal incluidas en el Decreto 1423 tendrán una vigencia de 24 meses, hasta el 17 de septiembre de 2028, en los departamentos y municipios incluidos en el ámbito territorial de la emergencia.
