El Consejo de Estado tumbó el nombramiento de la superintendente de Industria y Comercio, Cielo Rusinque, tras la sesión que llevó a cabo este jueves 19 de marzo la Sección Quinta de ese alto tribunal.
En la sede electrónica de la jurisdicción de lo contencioso administrativo de Colombia (SAMAI) apareció la notificación de la decisión: “Anula nombramiento de superintendente de Industria y Comercio. Documento firmado electrónicamente por: Gloria María Gómez Montoya (con aclaración de voto), Luis Alberto Álvarez Parra, Omar Joaquín Barreto Suárez y Pedro Pablo Vanegas”.
Los magistrados de la Sección Quinta concluyeron que no se cumplió el requisito de 10 años de experiencia, incluida la docencia, pues solo logró acreditar ocho años, seis meses y 25 días en la hoja de vida de Rusinque.
Esto, teniendo en cuenta su paso como profesional universitaria en Fusagasugá, Cundinamarca; docente en la universidad del mismo departamento; apoyo en la elaboración de documentos jurídicos en la firma Gustavo Adolfo Ricaurte; abogada en asesoramiento en Mialots Avocats; abogada de derecho constitucional y directora en el Departamento Administrativo de Prosperidad Social.
El fallo también destacó que “no se cumplió con la formación académica, consistente en contar con un título de posgrado en la modalidad de maestría o doctorado en áreas afines a las funciones del cargo de superintendente de Industria y Comercio”.

Estas fueron las principales razones detrás de la nulidad del nombramiento de Cielo Rusinque en la Superintendencia de Industria y Comercio, un proceso que tenía sentencia anticipada desde finales del año pasado.
El Consejo de Estado también señaló en su decisión que no pudo validar como “experiencia relacionada” la labor desempeñada por la demandada como docente investigadora en la Universidad Externado de Colombia, por cincuenta y dos (52) meses y dieciséis (16) días, en los periodos comprendidos entre el 1° de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2017, pues no se acreditaron las labores de investigación que adelantó durante ese lapso.

Esa certificación aportada en el trámite administrativo previo al nombramiento, así como la información allegada al expediente, dejó en evidencia que no hay pruebas de las funciones desempeñadas durante el tiempo de vinculación como docente investigadora de la demandada, “lapso en el cual, además, se advierte que no dictó clases”.
Asimismo, sobre su calidad de becaria de la Universidad Externado de Colombia, el alto tribunal advirtió que no fue posible certificar la “vinculación laboral” de Rusinque con dicho centro académico.
Este golpe judicial para Cielo Rusinque y para el Gobierno del presidente Gustavo Petro se conoce horas después de que la Procuraduría General sancionó a 16 funcionarios de la SIC por la visita irregular a la Registraduría en el año 2024.
