NACIÓN
Conmoción interior: ¿qué significa la medida que el presidente Petro podría tomar frente a la guerra en el Catatumbo?
SEMANA explica las implicaciones de que el primer mandatario decida tomar el camino de un estado de emergencia.

Los ojos y el corazón del país están puestos en el Catatumbo. La masacre en la que perdieron la vida el dueño de la funeraria de Tibú, Miguel Ángel López; su esposa, Zulay Durán Pacheco, y su bebé de nueve meses de edad, estremeció al país con un relato de la crueldad de la guerra que no se conocía hace mucho.
En esta oportunidad, los grupos criminales, al parecer del ELN (aunque el grupo lo niega), se ensañaron con sevicia contra una familia. La mataron a sangre fría mientras se trasladaba en el carro de servicios exequiales con el que trabajaba a diario. Y no tuvieron reparo en dispararle, incluido al bebé, que quedó tendido en el regazo de su madre. El niño mayor de la familia, de unos ocho años, sobrevivió y fue testigo de un crimen sin nombre contra los suyos.
La masacre puso al Catatumbo de nuevo en las primeras planas del país. La región ha sido por años fortín de diversos grupos al margen de la ley que aprovechan su selva tupida y su cercanía con la frontera venezolana para convertirla en su guarida y centro de operaciones.
Siempre ha sido un polvorín, pero ahora está fuera de control de las autoridades. Este viernes, 17 de enero, el presidente Gustavo Petro, lideró un consejo de seguridad en Tibú, el municipio en donde sucedió la tragedia.
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Al encuentro llegó la cúpula militar y de Policía, así como las diferentes autoridades que tienen que ver con la zona. La masacre no era el único tema de la semana, pues se han presentado también enfrentamientos entre la guerrilla del ELN y las disidencias de las Farc en el Catatumbo y Tibú. La defensoría del Pueblo calcula que hay cerca de 30 personas muertas por esos hechos del conflicto.
La situación es tan difícil que fuentes de la Casa de Nariño aseguran que se está evaluando decretar un estado de emergencia y que la vía podría ser la conmoción interior. Ese camino está contemplado en la Constitución de 1991 y le permite al presidente tomar medidas extraordinarias que en tiempos normales tendrían que pasar por el Congreso o por las cortes.

“En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Conmoción Interior, en toda la República o parte de ella, por término no mayor de noventa días, prorrogable hasta por dos periodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República”, señala la carta política.
El texto es claro en lo que puede hacer y lo que no el primer mandatario bajo esa figura. “Mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos. Los decretos legislativos que dicte el Gobierno podrán suspender las leyes incompatibles con el Estado de Conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público. El Gobierno podrá prorrogar su vigencia hasta por noventa días más”.

Si el gobierno quisiera extender la medida, el control es más estricto: “Dentro de los tres días siguientes a la declaratoria o prórroga del Estado de Conmoción, el Congreso se reunirá por derecho propio, con la plenitud de sus atribuciones constitucionales y legales. El Presidente le pasará inmediatamente un informe motivado sobre las razones que determinaron la declaración”.
Y la misma Constitución dejó clara una salvedad: “En ningún caso los civiles podrán ser investigados o juzgados por la justicia penal militar”.
Se espera que este fin de semana, tras reuniones del alto gobierno, se conozca si esta es la propuesta de Petro para el Catatumbo.