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Corte Suprema acusa a Aida Merlano por violación de topes electorales

El Alto Tribunal encontró múltiples movimientos financieros en el entorno de la campaña, a los cuales se habría buscado dar apariencia de legalidad sin que la tuvieran.

7 de julio de 2021

La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia acusó en las últimas horas a la excongresista Aida Merlano Rebolledo por el delito de violación de topes o límites de gastos electorales en su pasada campaña al Senado de la República.

“Los hechos por los que fue llamada a responder en juicio como presunta coautora sucedieron en 2018, época en la que además Merlano cometió conductas de corrupción electoral y compra de votos, por las que ya fue condenada por la misma Corte Suprema de Justicia a 11 años y 4 meses de prisión”, señala un comunicado de la Sala de Instrucción.

De ese expediente, según advierte el Alto Tribunal, se desprendieron varios procesos contra dirigentes políticos y un empresario del Atlántico, quien era pareja y financiador de la campaña proselitista de la excongresista, y cuyo hermano habría hecho un préstamo bancario del que terminaron girándose cheques por altas sumas de dinero para la campaña de Merlano entre enero y marzo de 2018. La Sala Especial de Instrucción advierte que encontró múltiples movimientos financieros en ese periodo en el entorno de la campaña, a los cuales se habría buscado dar apariencia de legalidad sin que la tuvieran.

“Según la investigación, estas sumas de dinero habrían terminado en la campaña de Merlano, superando ampliamente los topes definidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE) que, en virtud de la Resolución 2796 del 8 de noviembre de 2017, imponía un límite de gastos de $884.131.163. En estas acciones de flujo de dineros superior al tope legalmente establecido por la autoridad electoral, habría participado la entonces candidata al Senado Aida Merlano, en calidad de coautora”, aclara el Alto Tribunal.

A mediados de 2020, al fijarle la pena definitiva de prisión en 11 años y 4 meses en lugar de los 15 años de cárcel inicialmente impuestos, la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra la excongresista Aida Merlano Rebolledo, pero en ese momento fue por los delitos de corrupción al sufragante, concierto para delinquir y porte o tenencia ilegal de armas de fuego de defensa personal.

En la decisión de segunda instancia, la Sala de Casación Penal remitió la sentencia a la Mesa Directiva del Senado de la República para que aplique la silla vacía a la curul de la condenada Merlano. También expide copias a la Procuraduría General de la Nación para que investigue la posible omisión de hacer efectiva esta figura cuando fue capturada la electa senadora.

“Los congresistas –como Aida Merlano, elegida y reconocida como tal por el Consejo Nacional Electoral–, en los términos del artículo 134 de la Constitución Política, ‘solo podrán ser reemplazados en los casos de faltas absolutas o temporales que determine la ley’, y ‘en ningún caso’, cuando son condenados por delitos contra los mecanismos de participación democrática. Es, pues, una sanción de orden constitucional que no requiere un desarrollo legal para su aplicación y que en ningún caso se puede someter al régimen de faltas absolutas o temporales, pues de ser así la imperiosa sanción que contempla la Constitución Política sería inaplicable”, se lee en el documento.