Judiciales

Defensa de Daniel Quintero Calle se pronunció tras decisión judicial: “Los hechos jurídicamente relevantes fueron indebidamente formulados”

Una jueza anuló todo lo actuado desde la imputación de cargos contra el exalcalde de Medellín y doce personas más.

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15 de julio de 2026 a las 9:49 a. m.
Daniel Quintero Calle, superintendente de Salud, enfrenta dos procesos penales y disciplinarios por el caso Aguas Vivas.
Daniel Quintero Calle, superintendente de Salud, enfrenta dos procesos penales y disciplinarios por el caso Aguas Vivas. Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

Pocas horas después de que se conociera la decisión de la jueza 22 penal del circuito de Medellín anulara la acusación en contra el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle por el escándalo de Aguas Vivas, el abogado del exmandatario emitió un pronunciamiento.

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Para Santiago Trespalacios, la jueza avaló los argumentos esgrimidos durante varias sesiones en las que se cuestionó la claridad del escrito de acusación por parte de la fiscal del caso. Así como los vacíos en el tiempo, modo y lugar de los hechos materia de investigación.

“Los hechos jurídicamente relevantes que se les habían atribuido a estos ciudadanos en la formulación de imputación fueron indebidamente formulados”, explicó el jurista al poner de presente el rosario de irregularidades en este proceso penal.

En el caso contra el exmandatario y otros doce exfuncionarios de su administración y un grupo de particulares, el abogado señaló que en varios apartes no se presentó la precisión que exige la ley frente a los hechos puntuales que habían sido reseñados en el respectivo proceso.

“Los delitos que se le atribuían a estos ciudadanos eran bastante complejos y tenían muchos elementos que satisfacer por parte de la Fiscalía”, indicó.

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Para el abogado, pese a que en la imputación de cargos que se realizó a finales de 2025 ya se había pedido la nulidad del caso sin embargo, en esa oportunidad se rechazó la petición por considerar que no era la etapa pertinente.

No fue hasta la acusación que se decidió anular el caso por los yerros del mencionado escrito de acusación que no pudieron ser subsanados en las mencionadas aclaraciones por parte de la fiscal que lidera el caso.

Daniel Quintero Calle
Daniel Quintero Calle Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

La Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín resolverá en las próximas semanas el recurso de apelación presentada por la Fiscalía General en contra de la decisión de la jueza.

Daniel Quintero Calle iba a ser acusado por los delitos de prevaricato por acción y peculado por apropiación. Esto, por las presuntas irregularidades que se presentaron durante la celebración del contrato para la adquisición, y posterior cesión, del predio Aguas Vivas.

Vulneración al debido proceso

En la audiencia celebrada el pasado martes 14 de julio, la jueza advirtió que se presentó una vulneración al debido proceso de los acusados.

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“La imputación no contiene una relación clara y suficiente de los hechos que configuran los delitos por los cuales se vincularon a los dos procesados, por lo que la consecuencia ineludible es la nulidad del trámite, dado que dicha ausencia de claridad incide, como ya se ha dicho a lo largo de esta decisión, en la estructura misma del proceso”, señaló la funcionaria judicial.

“Pues a partir de la correcta fijación de los hechos jurídicamente relevantes se establece el tema objeto de prueba y se fijan los límites que encauzarán la estrategia defensiva, así lo indicó la Corte Suprema de Justicia (...) sin que sea posible realizar correcciones en sede de acusación que subsanen los riesgos advertidos, dado que estos no recaen en la calificación jurídica, sino en la estructuración del núcleo fáctico, el cual, por virtud del principio de congruencia, no puede ser modificado sustancialmente en la formulación de acusación”, enfatizó.

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La jueza le hizo un llamado a la Fiscalía General de la Nación para “que de forma acuciosa corrija los errores detectados y garantice la rigurosidad y objetividad en la investigación y la consecuente decisión sobre la imputación”.