La Décima Tercera Brigada del Ejército Nacional emitió un comunicado oficial dirigido a los ciudadanos respecto a las medidas de seguridad para los próximos comicios presidenciales.
La institución militar confirmó la expedición de la Resolución 00004131 de 2026, la cual suspende de forma temporal los permisos especiales para el porte de armas de fuego y armas traumáticas.

La restricción legal se aplicará con motivo del desarrollo de la jornada electoral para la Presidencia de la República. La disposición regirá de manera estricta desde las 06:00 horas del sábado 20 de junio hasta las 06:00 horas del lunes 22 de junio de 2026. Las autoridades indicaron que la medida busca garantizar las condiciones de orden público y convivencia en el centro del país.
Cobertura geográfica de la restricción
La medida de control territorial abarca la totalidad del Distrito Capital de Bogotá y la jurisdicción del departamento de Cundinamarca, exceptuando solo los municipios de Medina y Paratebueno. La suspensión de los salvoconductos también se extenderá a las poblaciones de San Juanito y El Calvario, ambas ubicadas en el departamento del Meta.
Los voceros de la Décima Tercera Brigada precisaron que la Policía Militar y las patrullas de vigilancia realizarán los controles pertinentes en las vías principales y los centros de votación.
La #Brigada13 reitera a la ciudadanía que, con ocasión de la próxima jornada electoral y de conformidad con la Resolución 00004131 de 2026, se suspenden los permisos especiales para el porte de armas de fuego y armas traumáticas en Bogotá y Cundinamarca, con excepción de Medina y… pic.twitter.com/gcXHSvuQPe
— Quinta División del Ejército Nacional (@Ejercito_Div5) June 18, 2026
Excepciones de la medida
La normativa emitida por las autoridades castrenses contempla excepciones específicas para personas jurídicas y funcionarios de organismos del Estado en cumplimiento de sus responsabilidades oficiales. La suspensión no aplicará para el personal adscrito a la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República.
De igual forma, la resolución del Ejército Nacional exceptúa a los funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), Migración Colombia, la Unidad Nacional de Protección y la Dirección Nacional de Inteligencia. Los permisos de las misiones diplomáticas acreditadas en el país y de las empresas de vigilancia y seguridad privada mantendrán su vigencia regular.
Finalmente, la disposición institucional aclaró que el personal activo y los veteranos de la Fuerza Pública están exentos de la restricción. La misma medida protectora ampara a los profesionales oficiales de la reserva que requieran movilizarse con sus equipos de dotación. Los ciudadanos que no entren en estas categorías y vulneren la norma se exponen a la incautación de los elementos.
