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Procuraduría pide salvar la emergencia económica de De La Espriella por el terremoto en Colombia

El concepto llegó a la Corte Constitucional, donde se realiza el control automático del estado de excepción.

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5 de octubre de 2026 a las 1:50 p. m.
El presidente Abelardo De La Espriella decretó la emergencia económica para contar con herramientas que le permitan generar el espacio fiscal con el fin de atender la tragedia.
El presidente Abelardo De La Espriella decretó la emergencia económica para contar con herramientas que le permitan generar el espacio fiscal con el fin de atender la tragedia. Foto: Presidencia

El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach, firmó el concepto que llegó a la Corte Constitucional en el que pide avalar la emergencia económica que declaró el presidente Abelardo De La Espriella para contar con más herramientas que permitan atender los daños causados por el terremoto del pasado 10 de mayo.

La Procuraduría examinó los decretos que declararon el estado de emergencia económica por la grave calamidad pública y aquel que modificó el ámbito territorial de la declaratoria.

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Dicho estado de excepción se sustentó en el terremoto de magnitud 7,4, con epicentro en San José del Palmar, Chocó, que, según el reporte de la UNGRD, dejó un saldo de 330 personas muertas, más de 4.000 heridos, 150 desaparecidos y 406.000 personas afectadas por el movimiento telúrico.

La Procuraduría consideró que los actos administrativos cumplen con los requisitos formales, entre ellos, las firmas del presidente De La Espriella y de sus ministros, las motivaciones para expedirlos, la notificación al Congreso de la República y el envío de las comunicaciones internacionales respectivas.

El concepto explicó: “El Decreto Legislativo 1261 de 2026 y su posterior modificación por el Decreto Legislativo 1348 de 2026 superan el juicio de suficiencia, en la medida que quedó acreditado que el ordenamiento jurídico ordinario no ofrecía instrumentos idóneos ni recursos suficientes para conjurar la emergencia ocasionada por el evento sísmico”.

Para el Ministerio Público, la rigidez del presupuesto, las restricciones del principio de legalidad presupuestal, la insuficiencia de los recursos disponibles y las limitaciones del sistema de financiación territorial impidieron una respuesta adecuada del Estado frente a la magnitud de las afectaciones causadas por el desastre natural.

El ente de control también destacó en su concepto enviado a la Corte Constitucional: “A ello se suma que el Gobierno nacional hizo uso previo de los mecanismos ordinarios previstos en la Ley 1523 de 2012, los cuales resultaron ineficaces frente al carácter excepcional y catastrófico del evento”.

Frente a este panorama, la Procuraduría consideró que la medida fue “necesaria y razonable” para habilitar el uso de herramientas extraordinarias que permitieran atender la emergencia y evitar la prolongación de los efectos provocados por el terremoto que causó una tragedia en Colombia.