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Reforma pensional: ¿qué sigue en la Corte Constitucional tras la corrección en el Congreso?

La ley que modificó el sistema pensional en Colombia tiene en la actualidad 120 demandas ante el alto tribunal.

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30 de octubre de 2026 a las 6:36 a. m.
La Corte Constitucional se tendrá que pronunciar frente a la subsanación que hizo la Cámara de Representantes sobre los artículos devueltos.
La Corte Constitucional se tendrá que pronunciar frente a la subsanación que hizo la Cámara de Representantes sobre los artículos devueltos. Foto: corte constitucional / guillermo torres-semana

Durante este miércoles 28 de octubre, la plenaria de la Cámara de Representantes corrigió los vicios de trámite que ordenó la Corte Constitucional sobre el trámite legislativo para aprobar la reforma pensional que impulsó el gobierno del expresidente Gustavo Petro.

Los magistrados de la Sala Plena le dieron treinta días hábiles al Congreso de la República para la subsanación y le pidieron al presidente de la Cámara de Representantes, presentar un informe sobre el cumplimiento de la sentencia, soportes de las actas de las plenarias y demás documentos que sustentaran el trámite.

Esas pruebas documentales le servirán a los magistrados de la Corte para volverse a pronunciar sobre la constitucionalidad de los artículos que fueron devueltos al Congreso por aparentes vicios de trámite. Pero desde el alto tribunal aclararon que “el estudio de esta norma aún no ha terminado y no todo está dicho”.

La aclaración

Con la mayoría de reforma avalada y las vicios de trámite corregidos en el Congreso, la Corte Constitucional también deberá resolver la solicitud de aclaración que presentó el Banco de la República para fijar la fecha de entrada en vigencia de algunas normas necesarias para su implementación.

La aclaración es un mecanismo excepcional con el que se pide precisar expresiones que generan duda objetiva sobre el sentido de la decisión, la cual puede ser solicitada por el demandante, el procurador, el presidente de la República, el presidente del Congreso y quienes hayan intervenido en el proceso durante el período de fijación en lista.

Sin embargo, la Corte Constitucional rechazó esa solicitud de aclaración, por falta de legitimación del Banco de la República al no tener dicha calidad de interviniente.

Las solicitudes del MinHacienda y Colpensiones

Mientras el alto tribunal rechazaba esa aclaración, el Ministerio de Hacienda y Colpensiones presentaron dos solicitudes adicionales para abrir un incidente de impacto fiscal y modular la fecha de entrada en vigencia de la reforma, hasta abril de 2028. Un año después de la fecha que fijó la Corte.

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El incidente de impacto fiscal es un procedimiento establecido para abrir un espacio de diálogo en el que se determinen los efectos de las sentencias sobre la sostenibilidad fiscal del país. La Corte deberá revisar si se cumplen los requisitos para iniciar el procedimiento y recibir el escrito de sustentación para continuar con el trámite.

El pasado 14 de octubre, la Corte concedió la apertura del incidente presentado por el Gobierno y otorgó al Ministerio de Hacienda 30 días para que lo sustente. Aunque esa apertura no justifica los argumentos de esa cartera, si es un paso frente a la solicitud de abrir un incidente de impacto fiscal frente a la reforma pensional.

Por su parte, Colpensiones pidió modular la entrada en vigencia del nuevo sistema pensional hasta abril de 2028, pero hasta el momento la Corte está valorando las pruebas para decidir si la niega, acepta la solicitud o accede a la misma pero en una fecha distinta a la que propuso la administradora colombiana de pensiones.

Más de 120 demandas

Todo este trámite se ha venido adelantando en uno de los más de 120 procesos que han llegado contra la reforma pensional del gobierno Petro, por las múltiples demandas que llegaron contra esa ley que modifica el sistema pensional en Colombia.

Por eso la Corte aclaró que “el estudio de esta norma aún no ha terminado y no todo esta dicho”, pues las demandas pendientes contra la pensional cuestionan varios artículos pero en la mayoría de casos no es por forma, sino por fondo.