Judiciales

Santiago Botero, excandidato presidencial, no pudo revocar la orden de desalojo de su casa por denuncia de violencia intrafamiliar

El empresario, quien fue denunciado por su exesosa, sostenía que se le habían vulnerado sus derechos fundamentales.

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6 de agosto de 2026 a las 12:28 p. m.
El excandidato presidencial Santiago Botero fue desalojado de su casa en Cartagena el pasado 30 de mayo.
El excandidato presidencial Santiago Botero fue desalojado de su casa en Cartagena el pasado 30 de mayo. Foto: GUILLERMO TORRES REINA-SEMANA

SEMANA conoció en su totalidad el fallo que negó, en segunda instancia, las pretensiones del excandidato a la Presidencia, Santiago Botero Jaramillo, en contra de la orden de desalojo de su casa en Cartagena, y que se realizó el 30 de mayo, un día antes de la primera vuelta.

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Pese a que Botero reclamaba la protección de sus derechos al debido proceso administrativo, a la defensa y a la contradicción, así como de vivienda digna, trabajo, igualdad, personalidad jurídica, mínimo vital y móvil, intimidad personal y familiar y buen nombre, el juzgado séptimo penal del circuito de Cartagena no avaló sus pretensiones.

Botero pedía con esta acción judicial el levantamiento de la orden de desalojo.

En el fallo, se advierte que la orden emitida por la Comisaría de Familia de Cartagena cumplió con todos los requisitos legales, adoptando las “medidas de protección conforme al régimen especial de violencia intrafamiliar”. Esto, por la denuncia instaurada en contra de Santiago Botero por parte de su expareja sentimental.

SEMANA reveló en mayo pasado la denuncia presentada por la expareja de Santiago Botero. En esta resaltaban las constantes amenazas e intimidaciones.

Debido a esto, se tomó la decisión de fondo de desalojarlo de su vivienda. Sin embargo, en esa oportunidad, el candidato a la Presidencia amenazó a los funcionarios encargados.

“Botó a su esposa de la casa, con su hijo de diez meses. Estamos tratando de entrar al apartamento para reintegrar a su hogar a la señora Manuela Echeverri Hoyos y al niño. El señor se niega a colaborar y a abrir la puerta; está atrincherado en el apartamento. Hizo unas amenazas características en él. Dijo que iba a dar balín a los abogados”, le relató a SEMANA Amin Sanabria Aislant, comisario de familia a cargo del procedimiento

No aportó pruebas

Tras evaluar los argumentos y verificar las pruebas aportadas por la apoderada de Santiago Botero para controvertir el desalojo, el juzgado de Cartagena llegó a la conclusión de que la Comisaría cumplió el trámite exigido, entregando la información pertinente y necesaria.

“Que no obra prueba suficiente de una afectación concreta del derecho al trabajo o de la personalidad jurídica del accionante, ni de una amenaza grave e impostergable que no pueda ser discutida utilizando los mecanismos ordinarios de defensa”, señala la decisión.

Carlos Fernando Cuevas (izquierda) y Santiago Botero (derecha). Candidatos a Vicepresidencia y Presidencia de la República, respectivamente.
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“Que, si bien es cierto que se aportaron publicaciones y registros relacionados con el cubrimiento mediático de la diligencia, no se acreditó de manera concluyente una conducta específica de divulgación atribuible a la Comisaría ni a la ineficacia de los mecanismos disponibles para controvertir o reclamar frente a quienes hubiesen producido o difundido la información”, complementa el fallo.

El juzgado señaló que la Comisaría actuó de acuerdo a sus facultades, citando que la entidad consideró pertinente ordenar el desalojo para proteger a la denunciante y a su hijo, que es menor de edad.

La Comisaría de Familia de Cartagena ejecutó una medida de protección tras una denuncia por presunta violencia intrafamiliar presentada por la esposa del candidato.
La Comisaría de Familia de Cartagena ejecutó una medida de protección tras una denuncia por presunta violencia intrafamiliar presentada por la esposa del candidato. Foto: Montaje El País

“(...) no debe pronunciarse sobre si la denuncia estaba o no respaldada, si la medida provisional fue o no acertada, si la señora (...) residía efectivamente en Bogotá, si existió negativa de ingreso al inmueble, si los informes psicológicos eran concluyentes, si hubo filtración de información ni si prospera la recusación formulada contra el Comisario de Familia”, resalta.

Por esto, el juzgado consideró que, de avalar las pretensiones de la tutela, se estarían sustituyendo las facultades de las autoridades administrativas y judiciales.

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En conclusión, se determinó que no se aportaron las pruebas exigidas para sustentar la vulneración de los derechos del excandidato presidencial.

Por estas razones, se declaró improcedente la acción de tutela presentada por Botero.