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Daniel Mendoza tiene cinco días, desde que el fallo sea notificado, para rectificar los señalamientos contra el expresidente Álvaro Uribe realizados en la serie Matarife.
Daniel Mendoza tiene cinco días, desde que el fallo sea notificado, para rectificar los señalamientos contra el expresidente Álvaro Uribe realizados en la serie Matarife. | Foto: TOMADAS DE YOUTUBE

Justicia

SEMANA conoció los detalles del ejemplar fallo de la Corte Constitucional contra Daniel Mendoza y ‘Matarife’: quiera o no, tendrá que rectificar las mentiras contra Uribe

Daniel Mendoza, creador de la serie Matarife, deberá rectificar los señalamientos contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. La Corte Constitucional, en un fallo ejemplar, dejó claro que la libertad de expresión tiene límites. La ponencia estuvo en manos de la magistrada Paola Meneses.

19 de noviembre de 2022

Una decisión histórica que protege el valor más importante del periodismo, la verdad, fue confirmada esta semana por la Corte Constitucional. Le ordenó a Daniel Mendoza, creador de la serie Matarife, retractarse de los señalamientos, sin una sola prueba, contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. La conclusión es clara. No todo producto audiovisual o periodístico puede valerse de la libertad de expresión para manchar el buen nombre de una persona. La ponencia, en este caso, estuvo en manos de la magistrada Paola Meneses.

Y es que a Mendoza le sobraron calificativos y acusaciones, pero le faltaron pruebas al lanzar sentencias como “nunca le crean nada a este matarife mafioso”, “paraco”, “matarife de la paz” o “Kiko Gómez llevaba kilos de cocaína con la bendición de Uribe”. Los presentó en una serie que se terminó convirtiendo en un fenómeno viral en redes sociales y ahora recibió la estocada en la Corte Constitucional.

La Corte Constitucional le ordenó a Daniel Mendoza, creador de la serie Matarife, retractarse de los señalamientos, sin una sola prueba, contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. | Foto: ALEXANDRA RUIZ

En la decisión, la Corte no se vino con ambages. Fue clara y contundente en contradecir a Mendoza, quien creía tener licencia para sentenciar como una realidad afirmaciones que solo existían en su mente o, simplemente, no tuvo cómo demostrar.

“En efecto, los mensajes publicados y difundidos en las redes sociales del señor Mendoza Leal, así como en la serie Matarife: un genocida innombrable, aseguran que el señor Uribe Vélez habría cometido hechos delictivos mientras se desempeñó como servidor público en Colombia. En criterio de la Sala, esto implica que los derechos fundamentales a la honra y buen nombre del accionante, como ciudadano colombiano, podrían (...) haberse visto afectados en el país con ocasión de estas afirmaciones”. Así, sin lugar a especulaciones ni dudas, la Corte tomó la decisión.

Daniel Mendoza ahora tiene cinco días para rectificar los disparatados señalamientos que incluso ponían a expresidentes de Estados Unidos como súbditos y defensores de Álvaro Uribe Vélez. | Foto: TOMADAS DE YOUTUBE

Mendoza ahora tiene cinco días para rectificar los disparatados señalamientos que incluso ponían a expresidentes de Estados Unidos como súbditos y defensores de Álvaro Uribe Vélez.

Matarife está plagada de ejemplos de ese talante. En el tercer capítulo, titulado ‘Alma de Big Mac’, señala al expresidente como “el hijo de Alberto Uribe, el más consentido testaferro y lavador de activos que tuvo el clan Ochoa, el socio engrasa-aviones del cartel de la Aerocivil, el accionista en la sombra de la lavandería familiar que junto con la élite capitalina había montado el clan de los Cifuentes Villa y alias el Papero en el Club El Nogal, de Bogotá. El asesino determinador de las muertes de Rodrigo Lara Bonilla, Jaime Garzón y Guillermo Cano. El comandante supremo del narcoparamilitarismo y, en Colombia, patrón de Carlos Castaño y Salvatore Mancuso en la Gobernación de Antioquia, y el férreo eslabón que encontró el cartel de Sinaloa para establecerse en Colombia”.

Y es que unos pocos segundos del episodio piloto, con la música de suspenso casi hipnótica de un piano, que va sirviendo como telón de fondo para una escena en la que aparecen fotos entre hilos rojos, son suficientes para darse cuenta de que el objetivo de la serie documental era poner en la picota al expresidente Uribe.

La contundente y radical decisión de la Corte Constitucional cierra un debate sobre los límites de productos como este, publicados en redes sociales a título de investigaciones periodísticas, que más parecen ciencia ficción y no pueden considerarse como fuentes de información. No son responsables y violan los derechos fundamentales a la honra y buen nombre, como le ocurrió al expresidente Uribe.

La Corte concluyó que “la serie no era una producción artística policiaca de ficción, sino que, por el contrario, tenía una finalidad prevalentemente informativa”. | Foto: TOMADAS DE YOUTUBE

En primer lugar, la sentencia deja claro que tiene toda la competencia para pronunciarse sobre este tema, pese a que Mendoza actualmente vive en Francia y dice estar asilado en ese país. De hecho, cuenta el fallo, las plataformas a través de las cuales se difunde la serie no están domiciliadas en territorio colombiano, y la Asociación Creative Bullets tiene “sede” en Suiza.

Lo que dijo la Corte

Señala la decisión que los discursos pueden ser clasificados en tres categorías: información, opinión, o ficción o creación artística. Los primeros tienen como propósito comunicar hechos, eventos y acontecimientos en los que prevalece la finalidad de describir o dar una noticia de lo acontecido, siempre amparados en la verdad y, de ser necesario, con pruebas.

Sobre las opiniones afirma que son formas de comunicación en las que predomina la subjetividad: valoraciones, sentimientos y apreciaciones personales sobre determinados hechos, situaciones o personas. Son juicios de valor que no pueden calificarse como falsos o verdaderos.

La tercera categoría le cae como anillo al dedo a la serie creada por el ahora obligado a retractarse Daniel Mendoza: son ficción o “arte”; no tienen un referente en la realidad, sino que son producto de la creatividad. Pero “en el caso de Matarife no se presentó así, por el contrario, pretendió, sin el más mínimo rigor, convertirse en un producto informativo”.

El pronunciamiento histórico de la Corte Constitucional pone sobre la mesa los límites a la libertad de expresión en Colombia.
El pronunciamiento histórico de la Corte Constitucional pone sobre la mesa los límites a la libertad de expresión en Colombia. | Foto: TOMADAS DE YOUTUBE

Por eso, la Corte concluyó que “la serie no era una producción artística policiaca de ficción, sino que, por el contrario, tenía una finalidad prevalentemente informativa”. En otras palabras, es como si fuera un tabloide de noticias falsas presentadas como palabra que muchos pasaron entero. Pero nada más lejos de la realidad.

“Luego reproduce el contenido de artículos, testimonios, pruebas documentales e imágenes de archivo relacionados con tales hechos y, por último, presenta sus conclusiones sobre los mismos a manera de informe o de denuncia”, explica la Corte. En una suerte de engaño a la audiencia, la Corte asevera que “Mendoza busca dar noticias sobre sujetos y hechos reales, y no presentar representaciones de lo real o historias que sean producto de la imaginación del guionista”.

SEMANA consultó al director de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip), Jonathan Bock, quien estuvo totalmente de acuerdo con la decisión. No dudó en calificarla de histórica y explicó que es garante de la libertad de prensa. “Quiero destacar que la Corte advierte que las vías judiciales no son las principales para dirimir diferencias contra la prensa y destaca la necesidad y la importancia de la rectificación. La Corte es clara en señalar en esta sentencia histórica lo que significa ser periodista”, dijo.

En el fondo, el llamado de la Corte Constitucional y la Flip es el mismo: un periodismo responsable y basado en la contundencia de las evidencias. Lo demás no puede llamarse así. Estas características y rigor no los tuvo la serie Matarife y, al parecer, poco le importan a su creador, Daniel Mendoza.

Al conocer la decisión que lo obliga a rectificar, se puso por encima de la ley, se la pretende pasar por la faja. Escribió en sus redes sociales: “No me han notificado la nulidad, y bueno, si se pierde, aclaro las 3 guevonadas que la Corte quiere que aclare, y ya. La serie ganó: 1) Uribe no la pudo sacar del YouTube 2) Se puede opinar que es paraco, narco y violador”. SEMANA consultó a fuentes de la Corte Constitucional sobre este trino. Explicaron que no es cierto lo que dice, pues para efectuar cualquier afirmación debe tener las pruebas en la mano.

El abogado que lideró la defensa del expresidente Álvaro Uribe fue Abelardo De La Espriella. Al ser consultado por SEMANA dijo que lo importante no es la derrota judicial de Daniel Mendoza o el triunfo del expresidente Álvaro Uribe, sino que se deja un precedente claro y contundente: nadie puede usar el periodismo como trinchera para disparar mentiras y calumnias contra nadie.