En un mismo día, la campaña presidencial de Abelardo de la Espriella recibió dos notificaciones judiciales alentadoras del Tribunal Superior de Bogotá de cara a la segunda vuelta que se realizará el próximo domingo 21 de junio.

A primera hora, se negó la medida cautelar que pedía suspender la candidatura presidencial mientras se definía la acción de tutela que cuestiona el hecho de que De la Espriella cuente con doble nacionalidad.
Pocas horas después, el Tribunal envió otra decisión, en la que negó la tutela que pedía suspender el uso de piezas de campaña del candidato presidencial y de su movimiento Defensores de la Patria.

En la acción judicial se reclamaba por el uso indebido de símbolos y elementos asociados a la identidad nacional por parte del candidato presidencial.
Esto, por considerar que las “expresiones, imágenes, colores y referencias visuales utilizadas durante la campaña podían generar una identificación entre una candidatura política y las instituciones del Estado, razón por la cual solicitó la intervención inmediata del juez constitucional”, enfatizaba la acción judicial.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá determinó que, en la actualidad, el Consejo Nacional Electoral (CNE) está evaluando un cúmulo de acciones judiciales con la misma petición.
Por este hecho, se consideró que la máxima autoridad electoral debe tomar una decisión de fondo frente a una presunta infracción relacionada con el uso de símbolos patrios, propaganda electoral o elementos asociados a la Fuerza Pública.

“La Sala recordó que la acción de tutela tiene carácter subsidiario y no puede sustituir los mecanismos ordinarios previstos por la ley, cuando estos se encuentran en curso y están siendo ejercidos por la autoridad competente”, señaló.
La tutela radicada pedía la suspensión inmediata de actividades y contenidos de la campaña presidencial. Sin embargo, este tema se encuentra en una discusión de fondo en otros escenarios.
“La Sala consideró que no existía una amenaza actual que requiriera la adopción de órdenes urgentes de protección constitucional”, concluyó el Tribunal Superior.

En días anteriores, el Consejo de Estado emitió un pronunciamiento frente a otro cuestionamiento sobre las nacionalidades con las que cuenta el candidato a la Presidencia.
Abelardo de la Espriella ganó la primera vuelta presidencial, celebrada el pasado 31 de mayo, con cerca de 10.351.000 votos, lo que representó el 43,73 % de la votación válida.
Los registros indican que superó por 667.672 votos a Iván Cepeda, quien obtuvo cerca de 9.683.000 votos.
Esta es la decisión completa del Tribunal:
⚖️ Comunicado de Prensa ⚖️
— Tribunal Superior de Bogotá (@TSB_Bogota) June 18, 2026
La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá negó una acción de tutela que solicitaba suspender piezas de campaña del candidato presidencial Abelardo de la Espriella y del movimiento “Defensores de la Patria”. pic.twitter.com/dmcacEjTa7
