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Jorge Enrique Ibañez Najar magistrado de la Corte Constitucional
Bogota junio 14 del 2022
Foto Guillermo Torres Reina / Semana
Jorge Enrique Ibañez Najar magistrado de la Corte Constitucional | Foto: Guillermo Torres /Semana

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Con una recusación sin sustento quieren sacar del camino al magistrado Jorge Enrique Ibáñez, el ponente que pide tumbar la ley de ‘paz total’ en la Corte Constitucional

Se trata de uno de los proyectos legislativos más polémicos del gobierno del presidente Gustavo Petro. La solicitud para sacar al togado del caso es insólita, contradictoria y peligrosa.

1 de julio de 2023

La llamada ‘paz total’ ha sido uno de los temas que más controversia jurídica ha desatado en el gobierno de Gustavo Petro. Se trata de una iniciativa polémica que busca darles gabelas a grupos criminales y que permite, por ejemplo, que los disidentes de las Farc que le fallaron al proceso de paz para montar sus carteles de la droga puedan volver sin mayores castigos a emprender una negociación con el Estado.

La discusión llegó hace poco a la Corte Constitucional y desde ya se avizora que habrá muchas resistencias a cualquier análisis jurídico que vaya en contra de la tesis del Gobierno. Por ejemplo, el colectivo de abogados José Alvear Restrepo presentó una recusación tan insólita como contradictoria. La ONG pide separar del proceso al magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, porque en su ponencia propone tumbar la ley de ‘paz total’.

Ese argumento tiene sorprendidos a los juristas, pues implicaría que todos los magistrados quedarían impedidos inmediatamente radican una ponencia. Si se acogiera esa posición, no podría haber debates ni discusiones, pues al presentar una ponencia los magistrados siempre presentan un proyecto donde proponen tumbar o no tumbar una ley. Por ello, es absurdo declarar impedido a un magistrado por cumplir la ley y hacer simplemente su trabajo.

Una ponencia del magistrado Jorge Ibáñez pide tumbar la Ley 2272 de 2022 (ley de paz total), uno de los proyectos más ambiciosos del Gobierno. | Foto: mauricio paz

“Las deliberaciones no fueron ilustradas con el concepto del Consejo de Política Criminal, pues no se remitió el dictamen sobre el impacto de las disposiciones propuestas en el sistema de justicia penal”, señala el documento.

Esta omisión ─advirtió la Procuraduría General─ no permitió un debate informado de los alcances de la ‘paz total’ en el Congreso de la República. “Se llama la atención sobre el hecho de que el vicio originado por la ausencia del concepto del Consejo Superior de Política Criminal durante la deliberación de las cámaras constituye un yerro que no solo afecta a las disposiciones acusadas, sino que se proyecta sobre todo el articulado de la Ley 2272 de 2022, en tanto sus disposiciones están orientadas a la seguridad y el orden público y, por lo tanto, se encuentran asociadas a la política criminal del Estado, cuya discusión parlamentaria debió estar informada por dicho dictamen”.

Los argumentos de la demanda

En diciembre pasado, el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar aceptó la demanda, radicada el 15 de noviembre pasado por el abogado Jorge Enrique Pava Quiceno, quien considera que la modificación de las leyes para crear la “política de paz de Estado, se crea el servicio social para la paz, y se dictan otras disposiciones”, es completamente inconstitucional.

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La demanda apunta directamente al artículo 2 de la mencionada ley, que permite la negociación para firmar un proceso/acuerdo de paz con grupos armados organizados al margen de la ley.

Esto permite, entre otras cosas, abrir una negociación con Luciano Marín Arango, más conocido como Iván Márquez, en su calidad de comandante y jefe de la Nueva Marquetalia, pese a que renunció al acuerdo de paz firmado en 2016 con la entonces guerrilla de las Farc.

Jorge Ibáñez, magistrado
Magistrado Jorge Ibáñez | Foto: Corte Constitucional

En otro de los apartes del artículo 2, se cobija además a “los exmiembros de grupos armados al margen de la ley, desmovilizados mediante acuerdos pactados con el Estado colombiano, que contribuyan con su desmantelamiento”.

En otro aparte, se indica que las negociaciones se podrán emprender con “estructuras organizadas armadas de alto impacto”, las cuales son definidas como aquellas que se dediquen a la ejecución permanente y continua de conductas punibles.

Frente a esto, el demandante indica que se vulneran varios preceptos constitucionales, y señala que se trasgreden los principios de consecutividad e identidad flexible. El hecho de que se le permita volver a negociar un eventual acuerdo a aquel que traicionó lo pactado anteriormente genera un caos.

“(...) Abre una posibilidad completamente nueva a lo debatido en comisiones y, de hecho, constituye un aspecto político de alta sensibilidad”. Obviando así, por completo, todo el debate que se debe adelantar en la Cámara de Representantes, “lo cual conlleva a que se violaron los principios de consecutividad e identidad flexible”.

  Hombres uniformados de la guardia campesina escoltaron el evento en el que Iván Mordisco anunció su vinculación a la paz total. Esa misma guardia fue la que secuestró a 78 policías y mató a uno más en el Caguán. La indígena también ha sido protagonista de hechos criminales, como los bloqueos en el paro nacional y el caos en Cali.
El artículo 2 permite la negociación con grupos armados organizados al margen de la ley. | Foto: Semana API

Frente a esto, sentó su posición en el entendido de que no se puede permitir a reincidentes volver a sentarse en una mesa de negociación y hacer parte de un acuerdo con los beneficios que este traiga. “(...) Es menester que la Corte declare la suspensión de la aplicación [de los incisos demandados], en el sentido de impedir que se inicien procesos de negociación con exmiembros de grupos armados ilegales como parte de estructuras organizadas de crimen de alto impacto”.

Para el demandante, quien se ha destacado por sus columnas de opinión en varios medios de comunicación, el proyecto de ‘paz total’ va en contra de los principios constitucionales que le imponen al Estado la necesidad de garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas en graves violaciones de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

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OEA insta a grupos armados a cesar la violencia y a sumarse a la ‘paz total’: “es tiempo de dejar fuera del conflicto a la población civil” | Foto: MAPP/OEA

“(...) El orden constitucional solo se garantiza si el reconocimiento de beneficios penales a miembros de grupos armados [ilegales] se compensa con incrementos en la protección de los derechos a la verdad, la reparación y la no repetición”, precisa la demanda. Para sustentar sus pretensiones, cita varios fallos de la Corte Constitucional que fijaron un precedente en los procesos de paz.

En el auto de diez páginas, el magistrado Ibáñez pidió sus conceptos al presidente de la República, los ministros de Justicia y Defensa, así como a los presidentes del Senado y la Cámara de Representantes y el alto comisionado de Paz. Igualmente, se invitó a participar en este proceso a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), al Departamento para la Prosperidad Social (DPS), al Centro Nacional de Memoria Histórica y a la Fiscalía General de la Nación.