Nación

Diócesis de Pereira es responsable de abuso sexual de un cura contra un niño: Corte Constitucional

El alto tribunal les ordenó a las autoridades eclesiales tomar medidas urgentes para prevenir, proteger y atender las denuncias de pederastia.

GoogleSiga las noticias de SEMANA en Google Discover y manténgase informado

30 de julio de 2025 a las 11:33 a. m.
Imagen referencia de un cura. La Diócesis de Pereira fue declarada responsable civilmente por este caso.
Imagen referencia de un cura. La Diócesis de Pereira fue declarada responsable civilmente por este caso. Foto: Daniel Reina

En un fallo sin precedentes, la Corte Constitucional halló responsable civilmente a la Diócesis de Pereira por el abuso sexual que sufrió un niño por parte de un cura.

El caso vuelve a poner sobre la mesa las escasas medidas que ha tomado la Iglesia católica frente a estos hechos de pederastia.

Organizaciones religiosas deberán entregar información secreta sobre pederastia tras orden de la Corte Constitucional
Primera sanción en Colombia contra la Iglesia por abuso sexual de dos menores a manos de un sacerdote. Caso llegará al Papa

El caso arrancó el 7 de julio de 2011, cuando un juzgado de conocimiento de Pereira condenó a Alfredo, quien era el párroco de la Diócesis de Pereira y profesor un colegio público en esa ciudad, a la pena de siete años de cárcel por el delito de acceso carnal violento en menor de 14 años.

Unos meses más tarde, la familia de la víctima pidió la apertura de un incidente de reparación integral y la vinculación del municipio de Pereira, la Diócesis de la ciudad y la Conferencia Episcopal, en calidad de terceros civilmente responsables.

Dos patrulleros de la Policía estarían involucrados en el abuso sexual a una menor de edad en un CAI en Bogotá

Un año más tarde, un juzgado penal de Pereira condenó al párroco y al municipio al pago de 100 salarios mínimos legales vigentes para la víctima y parte de su familia por perjuicios morales.

Diez años más tarde, el Tribunal Superior de Pereira dictó sentencia de segunda instancia en el incidente de reparación, concluyendo que el municipio no podía ser vinculado, porque la responsabilidad patrimonial correspondía al contencioso-administrativo.

Sacerdote denunciado por presunto abuso de su sobrina de 11 años fue suspendido por la Diócesis de Apartadó
Ante los escasos datos oficiales, el diario El País puso en marcha en 2018 una base de datos, que ha contabilizado 2.206 víctimas y 1.036 abusadores desde el año 1927
La Iglesia católica sigue siendo cuestionada por casos de pederastia. Foto: Getty Images

En julio de 2024, hace un año, el apoderado de las víctimas interpuso una tutela contra la Sala de Decisión Penal del Tribunal de Pereira, que resolvió tres defectos en el incidente de reparación integral: “Fáctico, sustantivo y procedimiento absoluto”.

Por eso, la Corte Constitucional decidió: “Revocar los fallos de tutela de instancia que negaron el amparo. Esto es: (i) el fallo de 6 de agosto de 2024, por medio del que la Sala de Decisión de Tutelas de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia negó el amparo (primera instancia) y (ii) la sentencia del 14 de noviembre de 2024, mediante la cual la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión (segunda instancia)”.

Iglesia católica revela lista de sacerdotes pederastas en Medellín

Así fue como se terminaron amparando los derechos de acceso a la administración de justicia y reparación integral a los accionantes.

Así mismo, dejaron sin efecto la providencia del Tribunal de Pereira, que en segunda instancia volvió a fallar en segunda instancia el incidente de reparación integral.

La drástica condena contra el ICBF por el abuso sexual de 18 niños en hogar infantil

“Ordenar a esta autoridad judicial que, en el término de 30 días contados a partir de la notificación de la presente decisión, dicte una sentencia de reemplazo conforme a las consideraciones expuestas de esta sentencia. En concreto, el Tribunal de Pereira”, dice la decisión.

YouTube video SMFv09gD3AQ thumbnail

Así mismo, le ordenó a la Diócesis de Pereira y a la Conferencia Episcopal de Colombia: “(i) Dentro de los tres (3) meses siguientes a la notificación de esta sentencia, (a) remitan al ICBF, a la Defensoría del Pueblo y a la Fiscalía General de la Nación las denuncias de abuso sexual presuntamente cometidas por miembros de la congregación religiosa de las que tengan conocimiento; y (b) establezcan normas, mecanismos, procedimientos y protocolos claros para que se garantice el cumplimiento del deber de denuncia en todos los casos en que se sospecha que un párroco o sacerdote incurrió en actos de abuso sexual en contra de NNA”.

Papa Francisco: sobrevivientes de abuso sexual piden que el próximo pontífice garantice que se apliquen reformas

La Corte compulsó copias a la Fiscalía para que investigue si hay responsabilidades administrativas o penales de los obispos y superiores de la Diócesis de Pereira, que habrían omitido el deber de denunciar este caso.