Cada vez se agudiza más la tensión electoral previa a la segunda vuelta presidencial. En las últimas horas tras una denuncia realizada por el representante electo Daniel Briceño, aseguró que una autoridad indígena de Toribío, Cauca, estaría presuntamente obligando a miembros de la comunidad a participar en la segunda vuelta presidencial del próximo 21 de junio.

La controversia gira en torno a la Circular Externa No. 0006, expedida el 3 de junio de 2026 por la Autoridad Ancestral Neehnwe’sx del territorio indígena de San Francisco, en el municipio de Toribío.
En el documento se establece que, para adelantar diversos trámites ante esa autoridad, será requisito obligatorio presentar el certificado electoral correspondiente a la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.

Según la circular, la exigencia aplicará para solicitudes de constancias, certificaciones, expedición de paz y salvos, avales, afiliaciones, trámites relacionados con programas de la autoridad indígena y otros documentos expedidos por esa entidad.
Briceño difundió el documento a través de su cuenta de X y afirmó que la medida constituye una forma de presión sobre los ciudadanos. “La autoridad indígena NEEHNWE’SX de Toribío, Cauca, está obligando a las comunidades indígenas a votar. Si los ciudadanos no presentan su certificado electoral de segunda vuelta no podrán realizar trámites, pedir certificados, afiliaciones y demás”, señaló.

El congresista electo también pidió la intervención de los organismos de control. “Ojalá la Procuraduría General de la Nación intervenga”, manifestó.
Hasta el momento, la Autoridad Ancestral Neehnwe’sx no se ha pronunciado públicamente sobre las críticas ni sobre los alcances jurídicos de la circular. Tampoco se conoce una respuesta oficial de la Procuraduría frente a la solicitud planteada por Briceño.

La denuncia surge en medio de la campaña para la segunda vuelta presidencial y tras conocerse que, justamente, en Toribío, el candidato Iván Cepeda obtuvo una amplia mayoría en la primera vuelta, con más del 91 por ciento de los votos válidos registrados en el municipio.
