Un fallo judicial dejó en firme la orden para que el presidente Gustavo Petro se retracte públicamente y ofrezca disculpas al exgerente de la EPS Coosalud, luego de haberlo señalado como “bandido” en declaraciones públicas y en redes sociales.
🇨🇴🗣️ "La peor es Coosalud, que casi triplica la deuda en un año. Nació en Cartagena de una cooperativa, y se tumbaron a los dueños por nombrar un bandido de gerente. En la junta directiva está el hermano del expresidente Andrés Pastrana y el primo del expresidente Juan Manuel… pic.twitter.com/YczpkQOG4I
— RTVC Noticias (@RTVCnoticias) July 16, 2025
La decisión ratifica que dichas expresiones vulneraron el derecho al buen nombre y a la honra del exdirectivo.
La determinación fue adoptada por el juzgado 24 administrativo de Bogotá, que confirmó una orden previa en la que se concluyó que el jefe de Estado excedió los límites del discurso público al emitir señalamientos sin que existiera una decisión judicial que respaldara esas afirmaciones.

En consecuencia, el mandatario deberá rectificar sus palabras en los mismos escenarios en los que fueron difundidas.
El caso se originó a partir de pronunciamientos del presidente en los que responsabilizó al entonces gerente de Coosalud por un fuerte incremento en las deudas de la entidad durante su administración, insinuando posibles conductas irregulares.

Para el juez, aunque el presidente puede ejercer control político y hacer denuncias, ese margen no le permite atribuir delitos o calificar penalmente a una persona sin sustento judicial.
En su análisis, el despacho sostuvo que la investidura presidencial impone un estándar más alto de responsabilidad en el uso del lenguaje, especialmente cuando se trata de afirmaciones que pueden afectar la reputación de ciudadanos concretos. Por ello, consideró que el calificativo empleado resultó desproporcionado y lesivo.

La orden de retractación incluye una disculpa expresa y pública, que deberá difundirse a través de los mismos canales utilizados originalmente por el presidente.
De acuerdo con la decisión del juzgado, en este caso, la justicia reiteró que la libertad de expresión de los funcionarios públicos no es absoluta y debe armonizarse con la protección de los derechos fundamentales, incluso en escenarios de alta confrontación política.










