Política

Gustavo Petro desafía castigo de juez que lo multó con 15 salarios mínimos: “No puedo retractarme”

El presidente se pronunció por medio de sus redes sociales.

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15 de abril de 2026 a las 4:48 p. m.
El presidente Gustavo Petro volvió a hacer referencia al fallo en su contra por parte de un juzgado.
El presidente Gustavo Petro volvió a hacer referencia al fallo en su contra por parte de un juzgado. Foto: Presidencia

Luego de que se conociera la sanción que le impuso un juez al presidente de la República, Gustavo Petro, con una multa de 15 salarios mínimos por no retractarse sobre señalamientos que lanzó contra el entonces gerente de la EPS Coosalud, Jaime Miguel González, el jefe de Estado volvió a pronunciarse sobre el tema.

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El mandatario expresó de manera directa que no se va a retractar, al señalar que presentó las pruebas para sustentar las acusaciones: “Un juez me ha multado con 15 salarios vitales por decir esto mismo; yo no puedo retractarme de una acusación que presentamos con pruebas. Que investigue la Fiscalía; la auditoría forense se ha entregado a la Fiscalía”.

Sin embargo, en otro mensaje, Petro indicó: “El señor exgerente de Coosalud, señor González, es un corrupto y los miembros de la junta directiva de Coosalud deben ser procesados por la Fiscalía, así sean familiares de expresidentes”.

“La auditoría forense demostró que efectivamente, como dije, fue garantizado un préstamo a empresas privadas ligadas al gerente por más de 200.000 millones de pesos con garantía de recursos públicos”, indicó el jefe de Estado.

Y avanzó en esa publicación: “Corruptos y ladrones de la salud son corruptos y ladrones. Pueden arruinarme con multas y cárcel si quieren, como hicieron cuando salí de la alcaldía, pero no me callaré ante el robo de la salud”.

“Que responda el hermano de Pacho Santos y el expresidente Andrés Pastrana, miembros de la junta de Coosalud, porque autorizaron el préstamo leonino al gerente González y porque el juez no leyó el informe de auditoría forense hecho a Coosalud que me da la razón”, puntualizó Petro.

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Por último, la decisión contra el jefe de Estado estableció: “Como figura pública y particularmente en ese rol, con amplio ascendente en los medios de comunicación y con las redes sociales que le hacen resonancia, no puede abrogarse la función jurisdiccional en desdoro de la presunción de inocencia; debe ser de rectitud, reflexión, prudencia, sensatez, modulación y mesura en el uso del lenguaje, y si en momentos de desafuero faltó a esa obligación, debió y debe tener la entereza suficiente para encauzar su proceder y dar un mensaje a la ciudadanía de sujeción al Estado de derecho que dé confianza sobre el funcionamiento del sistema de frenos y contrapesos, siendo modelo de la inexcusable necesidad de observar las decisiones de los jueces”.