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Para diligenciar el documento de Voluntad anticipada no tendrá que acudir ante una notaría y podrá solicitarse que se incluya dentro de la historia clínica. | Foto: Getty Images/iStockphoto

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MinSalud alista resolución para regular condiciones de acceso a la eutanasia: dejarán hoja de ruta para que los menores de edad puedan acceder a ella

El borrador de resolución está abierto a comentarios hasta el 29 de diciembre.

28 de diciembre de 2023

El Ministerio de Salud tiene listo un borrador de proyecto de resolución que busca regular lo que considera como “el derecho fundamental a morir con dignidad a través de la eutanasia y la adecuación de los esfuerzos terapéuticos”.

El documento de 32 páginas establece las disposiciones que deben seguir los pacientes interesados en acceder al procedimiento de la eutanasia y está abierto a los comentarios de la opinión pública interesada en ese tema hasta el próximo viernes 29 de diciembre.

El proyecto de resolución fue escrito siguiendo las recomendaciones de las sentencias emitidas por la Corte Constitucional sobre la necesidad de establecer las condiciones de acceso a la muerte digna y está sujeto a modificaciones según los apuntes que lleguen sobre este.

Ese texto detalla que solo puede aplicarse ese procedimiento mediante un consentimiento informado, que se entiende como la “aceptación libre, voluntaria y consciente de la persona en pleno uso de sus facultades para que tenga lugar un acto asistencial. Para tal fin, la persona deberá entender la naturaleza de la decisión tras recibir información sobre los beneficios, riesgos, alternativas e implicaciones del acto asistencial. Ningún consentimiento se considerará voluntario sin una exteriorización o manifestación, mediante la cual la voluntad se exprese”.

Sin embargo, para los casos en los que el paciente se encuentra en imposibilidad fáctica de tomar decisiones en salud, podrá aplicarse el consentimiento sustituto por parte de un tercero cercano al paciente, como su representante legal o un familiar, para manifestar la intención de acceder al tratamiento.

El documento del Ministerio de Salud establece que las personas que presenten una condición de salud extrema (que puede ser o no calificada por la persona como dolorosa, inhumana, degradante, abrumadora e incompatible con su concepto de vida digna) podrán solicitar la eutanasia o la adecuación de esfuerzos terapéuticos para sus casos.

Además del proyecto de resolución del Ministerio de Salud, en el Congreso también está en trámite un proyecto de ley estatutaria de acceso a la muerte digna, que ya pasó el primero de los cuatro debates que necesita para convertirse en ley.

¿Quiénes podrán optar a la eutanasia en Colombia?

El proyecto de resolución establece que quienes deseen optar por esa solución deben padecer una enfermedad incurable avanzada, en condición terminal o estar en condiciones de agonía, estar en una condición de intratabilidad o presentar lesiones corporales que signifiquen una pérdida irrecuperable de la integridad física y multisistémica.

Los criterios para que una persona pueda acceder a la eutanasia son la prevalencia de la autonomía del paciente, la celeridad, la oportunidad y la imparcialidad.

¿Cómo se podrá solicitar la eutanasia en Colombia?

El texto establece que “la solicitud de eutanasia debe ser autónoma, voluntaria, informada, inequívoca y persistente. Puede ser expresada de manera directa por el paciente por medio de una declaración verbal o escrita, y de manera indirecta a través de un Documento de Voluntad Anticipada (DVA), en los términos de la normativa vigente al momento de su suscripción. La solicitud de eutanasia en ningún caso puede ser sustituida”.

¿Una persona en condición de discapacidad puede acceder a la eutanasia?

Debate control político a Ministro de Salud Guillermo Jaramillo
Debate Comisión Primera del Senado debate de control político sobre la escasez de medicamentos. Ministro de Salud Guillermo Alfonso Jaramillo. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

Según se lee en el folio, que está abierto a comentarios de la opinión pública, “cuando por causa de una discapacidad el paciente no pueda o se le dificulte comunicar su preferencia o decisión sobre el derecho fundamental a morir con dignidad, se buscarán todos los apoyos y ajustes razonables de forma que se permita o facilite la expresión voluntaria, libre, informada e inequívoca de esta”.

En este también se determina que “para el caso de las personas mayores de edad en condición de discapacidad, a quienes se les dificulte comunicar la solicitud, se le prestarán todos los apoyos y ajustes razonables que permitan la expresión voluntaria, libre, informada e inequívoca de esta. Apoyos y ajustes mediante los cuales no se podrá sugerir, insinuar o buscar el asentimiento de consideraciones realizadas por terceros, incluyendo a los propios profesionales de la salud”.

¿Podría aplicarse la eutanasia a menores de edad?

El Ministerio de Salud establece la posibilidad de aplicar ese procedimiento en casos excepcionales de niñas y niños entre los 6 y los 12 años, y detalla las condiciones para los pacientes adolescentes.

¿Pueden los extranjeros acceder a la eutanasia en Colombia?

Los ciudadanos extranjeros que residan en Colombia también podrán acceder a ese tratamiento una vez hayan cumplido un año de residencia en el país.