El debate sobre los resultados electorales en Colombia suele reactivarse cada vez que se anuncian cifras preliminares. En ese contexto, el presidente Gustavo Petro ha insistido en la importancia de esperar los resultados oficiales del escrutinio antes de dar por definido cualquier ganador, recordando que el conteo definitivo no depende del preconteo, sino de un proceso jurídico y verificable.
El escrutinio electoral es la etapa formal en la que se revisan, validan y consolidan los votos depositados en las urnas. A diferencia del preconteo, que es un conteo preliminar y rápido realizado en las mesas de votación para informar tendencias, el escrutinio tiene carácter legal y es el único que define oficialmente los resultados.

El proceso de escrutinio electoral en Colombia inicia inmediatamente después del cierre de las urnas con el preconteo, un conteo preliminar realizado por los jurados de votación en cada mesa.
En esta etapa se registran los votos en actas (formularios E-14), se transmiten los resultados de forma rápida y se permite que testigos electorales de las campañas verifiquen y, en algunos casos, tomen registro fotográfico de los documentos. Este paso no tiene carácter definitivo, sino informativo, y sirve únicamente para dar una primera tendencia del resultado.
Según la explicación del Registrador Nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, el proceso inicia con el escrutinio municipal o de primer nivel, en el cual jueces y notarios revisan cada acta electoral física en presencia de testigos y apoderados de las campañas.
Penagos destacó que “la Registraduría no cuenta votos, la Registraduría no declara los resultados”, subrayando que esa responsabilidad recae en los jueces de la República.

El funcionario también explicó que el sistema electoral colombiano cuenta con varias etapas de verificación: tras el escrutinio municipal sigue el departamental, realizado por delegados del Consejo Nacional Electoral, y finalmente el escrutinio nacional, donde se consolidan los resultados definitivos y se realiza la declaratoria oficial.

Uno de los puntos clave de su declaración es que el escrutinio no se basa únicamente en imágenes o transmisiones digitales de las actas, sino en documentos físicos E-14, que son los que tienen validez jurídica para resolver reclamaciones e impugnaciones.
Aunque las fotografías y plataformas digitales sirven como herramientas de contraste, no sustituyen el documento oficial.
Asimismo, el magistrado recordó que el Consejo Nacional Electoral es la autoridad encargada de consolidar los resultados finales y realizar la declaratoria oficial una vez se haya completado el escrutinio en todos sus niveles. Subrayó que este sistema busca proteger la integridad del proceso democrático y evitar interpretaciones anticipadas basadas únicamente en resultados preliminares.
Finalmente, Baquero hizo un llamado a la calma y a la confianza institucional, enfatizando que el diseño del sistema electoral colombiano permite la participación de testigos, la revisión de actas y la resolución de reclamaciones en todas las etapas. En consecuencia, pidió a la ciudadanía y a los actores políticos esperar la culminación del escrutinio, ya que solo ese procedimiento garantiza la legitimidad plena de los resultados electorales.
