Este miércoles, 8 de abril, la restricción de pico y placa en Bogotá aplicará a los vehículos particulares cuyas placas terminen en 1, 2, 3, 4 y 5.
En contraste, los automóviles con placas finalizadas en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán circular sin restricciones.
Tal como se ha venido realizando, la restricción para carros particulares en la ciudad empieza a regir a las 6:00 a. m. y termina a las 9:00 p. m.
Restricción para taxis
Entre tanto, para los taxis, este miércoles, 8 de abril, el pico y placa rige para los vehículos cuya placa termine en 1 y 2.
De tal modo, pueden circular los taxis con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
La medida rige para los amarillos de 5:30 a. m. a 9:00 p. m.

Pico y placa para taxis en lo que resta de abril:
- Jueves 9 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
- Viernes 10 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
- Sábado 11 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
- Domingo 12 de abril: no aplica la medida de pico y placa.
- Lunes 13 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 14 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Miércoles 15 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
- Jueves 16 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
- Viernes 17 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
- Sábado 18 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Domingo 19 de abril: no aplica la medida de pico y placa.
- Lunes 20 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 21 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
- Miércoles 22 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
- Jueves 23 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
- Viernes 24 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Sábado 25 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Domingo 26 de abril: no aplica la medida de pico y placa.
- Lunes 27 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 28 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
- Miércoles 29 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
- Jueves 30 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

Los vehículos exceptuados de la medida de pico y placa en Bogotá en abril
- Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
- Caravana presidencial.
- Vehículo de servicio diplomático o consular.
- Funerarias o agencias mortuorias.
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de emergencia.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios. (exclusivamente para mantenimiento y reparación de redes).
- Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
- Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
- Motocicletas.
