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Atención: magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar queda por fuera de la discusión sobre la emergencia económica. ¿Por qué?

El togado presentó un impedimento por los pronunciamientos que dio en medios de comunicación sobre la declaratoria.

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28 de enero de 2026, 5:14 p. m.
Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente de la Corte Constitucional.
Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente de la Corte Constitucional. Foto: ESTEBAN VEGA LA-ROTTA-SEMANA

La Sala Plena de la Corte Constitucional acaba de dejar por fuera de la discusión del decreto de emergencia económica de Gustavo Petro al magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente de ese alto tribunal, por el impedimento que presentó hace algunos días.

Desde la Corte explicaron: “Por unanimidad, declaró fundado el impedimento del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar para participar en los procesos que se tramitan en los Expedientes RE-387 y RE-388”.

El expediente 387 está relacionado con el decreto madre que estudia el despacho del magistrado Carlos Camargo, quien presentó ponencia a sus colegas, pidiendo que se suspenda de manera provisional los efectos de la declaratoria, advirtiendo “efectos irreversibles” en caso de que siga funcionando hasta que se tome una decisión de fondo.

El conjuez Pablo Márquez (izq.) y el magistrado Miguel Polo Rosero (cen.). La Corte Constitucional tendrá que dictar la última palabra sobre la reforma pensional, iniciativa bandera del Gobierno del presidente Gustavo Petro.
Sala Plena de la Corte Constitucional. Foto: Corte Constitucional

El caso del expediente 388 reposa en el despacho del magistrado Juan Carlos Cortés, a cargo de revisar los decretos que se expiden a partir de la declaratoria que decretó el Ejecutivo para atender la emergencia, entre ellas, las disposiciones tributarias.

¿Por qué Ibáñez Najar quedó impedido?

El pasado 23 de enero, el actual presidente de la Corte Constitucional presentó a la Sala Plena un impedimento para conocer los procesos que se tramitan en los expedientes mencionados, que permitieron la declaratoria de emergencia económica en diciembre de 2025.

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El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar explicó en su manifestación que se declaraba impedido por las entrevistas que dio a varios medios de comunicación, contando detalles del procedimiento de revisión que tiene ese tipo de decretos y el control automático de constitucionalidad en la Corte.

Su impedimento llegó horas más tarde de que la Presidencia de la República radicara una recusación en su contra, argumentando que habría comprometido su imparcialidad al pronunciarse públicamente sobre el recurso objeto de estudio.

Gobierno pide apartar al magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, de la Corte Constitucional, del estudio de la emergencia económica

Finalmente, la Sala Plena le dio la razón a Ibáñez Najar y declaró “fundado” el impedimento que presentó, por lo que pierde vigencia la recusación que presentó la Presidencia para sacar al togado del camino de la emergencia económica.

En los próximos días, los ocho magistrados que quedan activos frente a la discusión de la emergencia deberán tomar decisiones de fondo sobre esa declaratoria y, en caso de que se llegue a presentar un empate, como el caso de la reforma pensional, tendrían que acudir a un conjuez que llegue a reemplazar el hueco que dejó el presidente de ese alto tribunal.