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Día compensatorio si fue jurado de votación el domingo 8 de marzo: este es el paso a paso para solicitarlo

Además, los jurados también pueden solicitar descuentos en trámites estatales presentando su certificado.

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9 de marzo de 2026, 5:31 p. m.
Así se pueden reclamar los beneficios por haber sido jurado de votación.
Así se pueden reclamar los beneficios por haber sido jurado de votación. Foto: Registraduría API

Tras la finalización de las elecciones legislativas y las consultas interpartidistas del pasado domingo 8 de marzo, los ciudadanos que participaron en la jornada, ya sea como sufragantes o como jurados de votación, tienen derecho a acceder a una serie de incentivos legales establecidos en la normativa nacional.

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En estos comicios se definieron las curules del Congreso de la República y los tres candidatos que competirán en la primera vuelta presidencial programada para el próximo domingo 31 de mayo.

Para la jornada reciente, la Registraduría Nacional del Estado Civil reportó un censo electoral de 41.287.084 ciudadanos habilitados, así como la designación de 862.000 personas para cumplir con la labor de jurados.

Según el artículo 105 del Código Electoral, quienes ejercieron como jurados tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, el cual debe otorgarse dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.

personas expuestas al sol
El día libre que se tome el jurado es completamente pago. Foto: Getty Images

Para hacer efectivo este beneficio, los ciudadanos deben cumplir con tres requerimientos ante sus empleadores:

Conservar el certificado original emitido en la mesa de votación.

Presentar la solicitud formal adjuntando la fotocopia del documento de identidad y el certificado de prestación de servicio como jurado.

Concertar con la empresa la fecha del descanso. Bajo el calendario actual, el plazo máximo para tomar este día vence el miércoles 22 de abril.

Además del descanso laboral, los jurados de votación pueden acceder a otros beneficios adicionales:

  • Descuento del 10 % en la expedición del pasaporte durante los siguientes cuatro años.
  • Reducción de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio.
  • Los estudiantes de universidades públicas obtendrán un descuento del 10 % en el valor de su matrícula, mientras que en instituciones privadas el beneficio queda sujeto a la política de cada entidad.
  • Descuento en el trámite del duplicado de la cédula de ciudadanía y en la expedición de la libreta militar por primera vez.

Por otro lado, los ciudadanos que acudieron a las urnas únicamente en calidad de votantes también cuentan con incentivos similares, aunque con variaciones en el tiempo de descanso. A diferencia de los jurados, los sufragantes tienen derecho a medio día de descanso remunerado, el cual debe solicitarse y ser otorgado durante el mes siguiente a la realización de los comicios, o sea, en el próximo mes de abril.

El proceso de solicitud para los votantes es idéntico al de los jurados, requiriendo la presentación del certificado de votación ante la oficina de recursos humanos o el empleador correspondiente. Estos beneficios buscan fomentar la participación democrática y compensar el tiempo dedicado al ejercicio del derecho al sufragio y la vigilancia del proceso electoral.