La Sala Especial de Seguimiento a la sentencia que declaró la salud como un derecho fundamental determinó que existió un incumplimiento del gobierno del expresidente Gustavo Petro sobre tres órdenes judiciales que pedían recalcular y garantizar la Unidad de Pago por Capitación (UPC), el valor que se paga por cada afiliado al sistema de salud colombiano.
Los magistrados de dicha Sala, presidida por Carlos Camargo, resolvieron mediante el auto expedido el pasado 1 de octubre un incidente de desacato contra el exministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo.
Aunque la Corte Constitucional detectó los incumplimientos a las órdenes impartidas, también se abstuvo de imponer sanciones contra el exministro Jaramillo, al no hallar responsabilidad a título de dolo o culpa frente a sus actuaciones sobre esas decisiones judiciales.
Las órdenes incumplidas
Por medio del auto 007 de 2025, la Corte Constitucional le dio una serie de órdenes al Ejecutivo para llevar a cabo un plan que permitiera calcular y ajustar la Unidad de Pago por Capitación para la vigencia 2026.
Sin embargo, la Corte concluyó que no se corrigieron las debilidades que tenía el sistema de datos para poder adelantar un estudio técnico riguroso que permitiera definir la UPC para este año en el régimen contributivo.
Ana María Vesga, presidenta de ACEMI, señaló que el incremento del 9% en la UPC del régimen contributivo está muy lejos de lo necesario, dado que en este régimen se concentra la mayor proporción del gasto en salud. https://t.co/if1kX8q65f pic.twitter.com/rtwZlsUxo7
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El Ministerio de Salud, según el fallo, tampoco pudo demostrar técnicamente que la prima fijada inicialmente iba a garantizar el funcionamiento del costo real de la atención en salud para los afiliados al sistema.
Y por último, la Corte determinó que la cartera a cargo de Guillermo Alfonso Jaramillo expidió la norma para igualar la UPC del régimen subsidiado frente al contributivo, pero ese porcentaje no se aplicó en el valor total de la unidad, sino de la prima.
Esto pasó: https://t.co/Rey218yiMQ pic.twitter.com/Jt0qe94fs6
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Jaramillo, sin sanción
Con las fallas en los resultados identificadas, la Sala Especial explicó que no hay elementos probatorios que responsabilicen al entonces ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, de actuar de manera dolosa o negligente.
La Corte explicó en su decisión que, durante el trámite para calcular y definir la UPC para el 2026, el exfuncionario del gobierno Petro participó en mesas técnicas y aplicó medidas regulatorias para atender esa situación, pese a que hubo resultados insuficientes.
Pero el fallo también destacó que el exministro de Salud no ocupa el cargo desde el 7 de agosto de 2026, día en que arrancó el gobierno de Abelardo De La Espriella, por lo que perdió toda capacidad institucional para atender las órdenes que le permitían reajustar ese concepto.