SEMANA conoció que en las últimas horas el Consejo de Estado admitió para su estudio la demanda presentada en contra del decreto 1469, mediante el cual, el pasado 29 de diciembre, el presidente Gustavo Petro estableció el salario mínimo para este 2026.
En la acción judicial, se advierte que el decreto que fija el salario mínimo mensual legal vulneró varios principios constitucionales y legales, así como las bases de legalidad, razonabilidad, proporcionalidad y motivación suficiente de los actos administrativos.

Igualmente, se advierte que se presentó una “sustitución de los parámetros leales”, pues no existió un acuerdo claro entre las partes que discuten, como ha ocurrido durante décadas, sobre el nuevo monto del aumento.
Para fijar este monto se deben tener, entre otros factores, la inflación, la meta de inflación, productividad, contribución de los salarios al ingreso nacional y el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB).
Sin embargo, como lo señaló el presidente Petro en su alocución, y como es visible en el documento, el decreto “no determinó” el aumento del “23 % a partir de dichos parámetros”.
“El propio decreto confiesa que el porcentaje surge de la brecha entre el salario mínimo vigente y una estimación del salario vital elaborada por la OIT. Esto significa que el Gobierno no utilizó los parámetros legales para definir el incremento, sino que sustituyó el sistema legal por una regla de cierre de brecha no prevista por el Congreso”, alegó.

En otro de los apartes de la demanda se señala que en el mencionado decreto no se da ninguna justificación sobre el incremento del 23 % del salario mínimo, ni las bases para establecer el aumento.
“El Gobierno estableció así una política de ajuste por brecha salarial basada en estimaciones técnicas externas, para justificar un aumento muy superior a los parámetros económicos definidos por la ley colombiana”, enfatizó.

Finalmente, se manifiesta que existió una falsa motivación y desviación del poder por parte del jefe de Estado que no presentó las bases para que quedaran claros los factores que llevaron al nuevo salario mínimo.
Lo único que atinó a decir el jefe de Estado, en su alocución de 18 minutos de duración, fue que se habló de una inequidad salarial histórica para los trabajadores y una brecha. “El acto afirma fundarse en la ley, pero en realidad obedece a una finalidad distinta: imponer una política pública de convergencia salarial que no fue autorizada por el legislador”.

“Un incremento del 23 %, basado en una brecha social y no en una productividad ni inflación, impone una carga desproporcionada a la economía, al empleo y a la empresa, rompiendo el equilibrio constitucional entre trabajo, empresa y sostenibilidad microeconómica”, concluyó.
La viabilidad de la demanda será estudiada por el magistrado de la Sección Segunda del Consejo de Estado, Luis Eduardo Mesa Nieves.
SEMANA pudo establecer que en los próximos días se radicarán varias demandas ante las autoridades judiciales para que se suspendan los efectos del cuestionado decreto.










