La Sala Séptima Civil de Decisión del Tribunal Superior de Bogotá ratificó, en segunda instancia, el fallo del Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá que declaró en desacato al representante a la Cámara Miguel Polo Polo y ordenó tres días de arresto y una multa equivalente a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Esto, por considerar que incumplió una orden del 4 de septiembre de 2025 de la Corte Constitucional, que le ordenaba al congresista hacer un acto público de disculpas por las declaraciones que hizo frente a los falsos positivos y a las víctimas.
En dicho fallo, el alto tribunal le ordenó al congresista que publicara en sus redes sociales una “disculpa pública” en la que debía reconocer la naturaleza legítima de la instalación Mujeres con las botas bien puestas.
En estas excusas debía reconocer “el carácter inexacto” de sus afirmaciones sobre “un presunto pago a las creadoras de la exposición artística, las madres integrantes de la Asociación Madres de Familia de Falsos Positivos (Mafapo)”.
Además, debía garantizar una nueva fecha para la exhibición Mujeres con las botas bien puestas en el mismo espacio y con la misma visibilidad de la original.

Esto, después de que el mismo representante a la Cámara publicara un video tomando las botas de la exposición que se encontraba en el Patio Rafael Núñez del Capitolio, que hacían referencia a las víctimas de los falsos positivos de Soacha, y las arrojara a la basura.
“Estas botas deben ir a la basura”, señaló en ese momento el representante mientras tomaba una bolsa negra y arrojaba una a una las piezas que tenían los nombres completos de las víctimas, así como las fechas de nacimiento y defunción, además de otros detalles pintados por sus familiares.

Para el Tribunal, tras revisar la evidencia, se concluyó que Polo Polo no realizó el ofrecimiento de las “disculpas solemnes” y no convocó la concertación en el Congreso para reparar el daño causado a la exhibición.
“El accionado pretermitió el cumplimiento de la carga imperativa impuesta por el juez constitucional. En tanto, se abstuvo de comparecer y de materializar el correspondiente acto de contrición y reparación integral dentro del término de exhibición fijado, frustrando de esta manera los fines protectores del fallo de tutela”, señaló el Tribunal.
En otro de los apartes de la decisión se advierte que el representante Miguel Polo Polo no asistió a la exposición artística que se instaló en el Patio Rafael Núñez del Congreso de la República entre los días 5 y 17 de diciembre de 2025; esto, pese a que estaba informado y había recibido varias comunicaciones.
De esta forma, se rechazaron los argumentos presentados por la defensa del congresista que aseguraba que existía una decisión judicial que daba por cumplido el fallo de la Corte Constitucional.
“En este orden de ideas, colige la Sala, de los elementos de convicción que obran en el expediente, en especial la comunicación de concertación del 28 de noviembre de 2025, la notificación formal remitida al encargado el 2 de diciembre y la posterior providencia de conocimiento del 3 de diciembre de 2025; emerge con claridad que el accionado Miguel Abraham Polo Polo estuvo plenamente enterado desde el inicio”, concluyó la decisión.
Por el momento, el congresista no ha hecho ninguna manifestación frente a los fallos judiciales emitidos esta semana.
