El Consejo de Estado dio punto final al debate sobre el nombramiento de la comunicadora María Antonia Pardo como cónsul en Chile, por no cumplir con los requsitos legales.
En sintesis, fue ratificada la decisión del Tribunal Superior de Cundinamarca que, en un fallo del 15 de diciembre del año pasado, la sacó del cargo por no cumplir con los requisitos legales.
El hecho es que el Gobierno, como ha ocurrido en ocasiones anteriores, decisió ponerla en este cargo por motivaciones políticas, sin tener en cuenta que para está cargo había una lista de funionarios de carrera que debieron ocuparlo.
Hay que recordar que Pardo es la expareja del representante a la Cámara del Pacto Hiastórico Agmeth Scaf, y es cercana a este partido.

Entre los argumentos del Gobierno para defender el nombramiento de Pardo en el consulado de Chile estaba que era facultad del nominador definir quien ocupa estas representaciones diplomáticas.
Sin embargo, para el Consejo de Estado, “no es de recibo el argumento según el cual la sentencia desconoció la facultad del nominador. Si bien este cuenta con un margen de apreciación para determinar cuál funcionario resulta más idóneo entre los habilitados, no puede optar por la provisionalidad cuando existen servidores de carrera disponibles, pues el principio de especialidad impone la regla de preferencia”.
“Al constatar la existencia de funcionarios que habían cumplido más de doce meses en el exterior, acertó al concluir que la administración no podía acudir a la provisionalidad, pues estaba obligada a privilegiar a los servidores escalafonados, en consonancia con el artículo 125 de la Constitución y con el principio de especialidad de la carrera diplomática y consular, agregó el Consejo de Estado en la decisión.

Con estos argumentos, el Consejo de Estado decidió “confirmar la decisión de primera instancia, que declaró la nulidad del Decreto 560 de 2024 «por el cual se hace una designación en provisionalidad en un cargo de carrera diplomática y consular del Ministerio de Relaciones Exteriores»“.
Acabo de ser notificada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca del fallo de nulidad en contra de mi nombramiento como Cónsul General de Colombia en Santiago. Acato la decisión y la respeto.
— María Antonia Pardo (@MariaA_PardoJ) December 18, 2025
En este año y medio di lo mejor de mi para ocupar ese cargo y estar a la altura… pic.twitter.com/o6ZEn5WEWa
La exdiplomática Pardo había argumentado, cuando se tomó la decisión de primera instancia que “el Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que yo sí cumplí con todos los requisitos para ocupar el cargo de Cónsul General en Santiago. La nulidad fue declarada porque hay una jurisprudencia que le exige a la Cancillería ofrecerle cualquier vacante en planta externa a los diplomáticos que lleven más de 12 meses en planta externa (diplomáticos nombrados en sus cargos por cuatro años)”.
