Colombia ingresa en la fase final de preparación para la primera vuelta de las elecciones presidenciales, que se llevarán a cabo en todo el territorio nacional el próximo domingo 31 de mayo de 2026.

Ante este escenario electoral, la Presidencia de la República determinó las directrices de orden público que regirán durante la jornada de votación, especificando las restricciones a la comercialización y consumo de alcohol.
Las medidas adoptadas se encuentran estipuladas en el Decreto 0188 expedido por el Ministerio del Interior, documento que reguló previamente las elecciones legislativas y consultas interpartidistas del pasado 8 de marzo y que fija las condiciones para la próxima jornada de votación del ejecutivo.
Horarios y alcance de la restricción
De acuerdo con el artículo 13 de la normativa, la prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas comenzará a partir de las seis de la tarde (6:00 p.m.) del sábado 30 de mayo de 2026 y se extenderá hasta las doce del mediodía (12:00 p.m.) del lunes 1 de junio de 2026.

Las autoridades locales e inspectores de policía vigilarán el cumplimiento de la norma con base en las sanciones estipuladas en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
Asimismo, el parágrafo del decreto faculta a los gobernadores y alcaldes para modificar y extender el horario de la restricción en sus respectivas regiones.
“Los gobernadores y alcaldes, de conformidad con lo recomendado en los Consejos Departamentales y Municipales de Seguridad o Comités de Orden Público (...), podrán ampliar el término previsto en el presente artículo, para prevenir posibles alteraciones del orden público”, señala la normativa oficial.

En lo que concierne a Bogotá, la administración distrital está a la espera de la implementación de la ley seca por parte del Gobierno nacional; de igual forma, es posible que la Alcaldía Mayor de Bogotá decida implementar alguna medida especial para la capital del país.
Sanciones económicas en el territorio nacional
Hasta el momento, la administración distrital de Bogotá se encuentra a la espera de las mesas de coordinación con el Gobierno Nacional para evaluar si se implementarán medidas complementarias o si se acogerá estrictamente al horario base del decreto nacional.

El incumplimiento de la ley seca generará la aplicación de una multa general tipo 4, la cual para este año 2026 corresponde a un valor de 933.816 pesos colombianos.
Además de la sanción económica para los ciudadanos, las autoridades policiales podrán aplicar medidas correctivas adicionales a los establecimientos comerciales infractores, incluyendo el cierre o la suspensión temporal de su actividad comercial.
