Por medio del material probatorio recopilado por la Fiscalía General de la Nación, jueces de conocimiento de Cali, Valle del Cauca, emitieron sentencias condenatorias que oscilan entre los nueve y los 16 años de prisión en contra de tres hombres hallados responsables de delitos de violencia sexual.

Las autoridades judiciales precisaron que las decisiones corresponden a investigaciones independientes por los delitos de acceso carnal violento agravado y actos sexuales con menor de 14 años.

El primero de los fallos vincula al médico homeópata Jorge Eduardo Poveda, quien fue condenado a una pena de 12 años de prisión.
Los hechos probados por el ente investigador ocurrieron el 8 de febrero de 2018 durante una consulta médica, momento en el cual el profesional de la salud agredió sexualmente a una paciente de 16 años mediante coacción física y psicológica.
Abuso en ritual de yagé y agresión a menor de edad
En un segundo proceso judicial, la justicia impuso una pena de 16 años de cárcel a José Tisoy Mujananjisoy, un supuesto taita indígena.

La investigación determinó que el 4 de junio de 2023, en la vereda El Pato —jurisdicción rural de Cali—, el hombre abusó sexualmente de una mujer de 26 años en el marco de una sesión de yagé.
Posteriormente, el sentenciado continuó amedrentando a la víctima, exigiéndole el envío de imágenes de contenido explícito a su teléfono celular.
El tercer caso corresponde a la condena dictada contra un ciudadano que agredió sexualmente a su hijastra de seis años de edad. El juez del caso le impuso una condena de nueve años de prisión al demostrarse que aprovechó su vínculo de cercanía y convivencia familiar para someter a la niña a tocamientos de índole sexual.

Cumplimiento de pena en centro carcelario
Las decisiones judiciales determinaron de manera tajante que los tres hombres deberán cumplir la totalidad de sus penas privados de la libertad en establecimientos carcelarios.
No obstante, las defensas técnicas de los tres procesados interpusieron el recurso de apelación contra los fallos de primera instancia, por lo que la segunda instancia resolverá la confirmación de los dictámenes.
