Política

Armando Benedetti asegura que la Comisión de Acusación no tiene facultades para suspender al presidente Gustavo Petro

El ministro del Interior se refirió a la decisión de la congresista Gloria Elena Arizabaleta.

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10 de junio de 2026 a las 8:58 a. m.
Armando Benedetti y Gustavo Petro.
Armando Benedetti y Gustavo Petro. Foto: Colprensa

La congresista del Pacto Histórico y presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Elena Arizabaleta, ordenó la suspensión de Gustavo Petro como jefe de Estado. Varios sectores políticos creen que la medida es ilegal.

El ministro del Interior, Armando Benedetti, manifestó que, en derecho, no se puede proceder de esta manera contra el primer mandatario, dado que la Comisión no tendría las facultades.

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“En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción”, dijo el funcionario en su cuenta de X.

La explicación de Benedetti es que solo el Senado es quien puede tomar este tipo de medidas después de que la plenaria de la Cámara de Representantes actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente.

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El presidente saliente Gustavo Petro. Foto: Presidencia

“Luego, la Comisión de Acusaciones no puede suspender al presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante”, concluyó el ministro del Interior.

El representante Alirio Uribe, que también hace parte de la Comisión y del Pacto Histórico, contó que el documento que se conoce podría ser una filtración de un borrador, porque jurídicamente no existe.

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“El auto que presentan de la Comisión de Acusaciones donde se suspende al presidente nunca ha sido radicado en la Secretaría de la Comisión, por lo que no se ha debatido, es inexistente, parece una filtración de un borrador que jurídicamente no existe”, dijo el congresista.

Roy Barreras, expresidente del Congreso, describió: “Como expresidente del Congreso en dos ocasiones, ratifico ante los colombianos que la Comisión Legal de Acusaciones no tiene ninguna atribución para semejante decisión inconstitucional y, por tanto, no tendrá efecto alguno”.

El presidente, Gustavo Petro, el 2 de junio de 2026, en Bogotá
El presidente, Gustavo Petro, el 2 de junio de 2026, en Bogotá. Foto: Joel González - Presidencia de Colombia

Por su parte, desde la Casa de Nariño se informó que, hasta ahora, no ha sido notificada de alguna suspensión para el presidente Gustavo Petro. Mientras tanto, en redes sociales y en el Congreso se enciende el debate sobre la legalidad de la medida.