Los asistentes al más reciente consejo de ministros que lideró el presidente Gustavo Petro en Montería, en el departamento de Córdoba, quedaron sorprendidos por una declaración que dio el mandatario colombiano.
En esa sesión, el jefe de Estado reveló detalles de un supuesto plan para sabotear su reunión con su homólogo de Estados Unidos, Donald Trump, la cual se realizó el pasado 3 de febrero en la Casa Blanca, en Washington.

En esa intervención, Petro habló de un general de la Policía que, al parecer, habría tenido la intención de ponerle “sustancias psicoactivas” en uno de los vehículos de la comitiva presidencial.
“Hay un general que ordené retirar de la Policía; tiene una misión extraña, alguien le dio la orden, obviamente no nosotros, para ponerme sustancias psicoactivas en el carro”, detalló el presidente.

También manifestó: “Tenían como misión destruir la reunión con Trump, de alguna manera u otra. Ya se destituyeron varios. Pero eso me coloca en una situación de alarma y con esto, peor. Hay una acción para con las órdenes de captura, incluso con el intento de poner a mi hijo, en diciembre, preso. Esto viene desde octubre del año pasado”.
El oficial de la Policía al que hizo referencia Gustavo Petro es el general Edwin Urrego, comandante de Cali.
Este miércoles, 11 de febrero, se conoció el decreto que firmó el mandatario ordenando su retiro de la institución.

“Que en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en atención a la solicitud del encargado de las funciones del despacho de la Dirección General de la Policia Nacional, contenida en la exposición de motivos del 9 de febrero de 2026, se dispondrá el retiro del servicio activo ‘por llamamiento a calificar servicios’ del brigadier general Edwin Urrego”, se desprende del documento.

Y concluye: “Además, según certificación del 9 de febrero de 2026, suscrita por el jefe Grupo Retiros y Reintegros de la Dirección de Talento Humano de la misma institución, el oficial general relacionado cuenta con un tiempo de servicio superior a 31 años. Por lo tanto, continuará dado de alta, en los términos del articulo 145 del Decreto 1212 de 1990”.
