Este miércoles, 28 de enero, los nueve magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE) se reunirán a puerta cerrada y, según el orden del día, debatirán la respuesta que entregarán a la Contraloría General, la Procuraduría y la Registraduría sobre la presunta inhabilidad del candidato Iván Cepeda para participar en la consulta del Pacto Amplio.
El fin de semana pasado, el procurador Gregorio Eljach, el registrador Hernán Penagos y el contralor Carlos Hernán Rodríguez solicitaron al CNE que conceptúe, de manera anticipada, si Cepeda puede o no inscribirse en el Frente Amplio, donde se escogerá al candidato presidencial único de la izquierda y el progresismo.
Cepeda no está inhabilitado si llega directamente a la primera vuelta, en octubre de 2026, pero desea volver a participar en la consulta progresista del Pacto Amplio, pese a que participó en la consulta del Pacto Histórico, el pasado 26 de octubre de 2025. Algunos abogados recuerdan que, según la ley, ningún candidato puede participar en dos consultas dentro de un mismo proceso electoral.

SEMANA conoció que los magistrados del CNE no conceptuarán de fondo sobre la supuesta inhabilidad de Cepeda, al menos en la carta de respuesta al Registrador, al Contralor y a la Procuraduría.
Al fin y al cabo, Iván Cepeda se inscribirá este martes, 27 de enero, en el Pacto Amplio, y solo a partir de ese momento sus opositores o quienes lo consideren podrán solicitar la revocatoria de su inscripción ante el CNE.
Si los nueve magistrados fijan una posición jurídica sobre la inhabilidad del candidato del Pacto Histórico, quedarán automáticamente recusados y no podrán participar en la discusión ni en la votación a la hora de responder una posible solicitud de revocatoria.
La decisión aún no está tomada, pero SEMANA habló con varios magistrados, quienes tienen claro que solo decidirán sobre la suerte jurídica de Cepeda una vez que exista una demanda formal.

Por lo pronto, recordarán la Ley 1475 de 2011, en su artículo 7, que establece que quienes hayan participado como precandidatos “quedarán inhabilitados para inscribirse como candidatos en cualquier circunscripción dentro del mismo proceso electoral, por partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos o coaliciones distintas”.
Se entiende, añade la ley, “que un precandidato ha participado en una consulta cuando su inscripción ha quedado en firme de conformidad con las disposiciones establecidas por los partidos y movimientos que la convocan”.

Otro artículo que juega en contra de Cepeda, y que seguramente el CNE recordará en su respuesta a los organismos de control, es el 107 de la Constitución Política de Colombia: “Quien participe en las consultas de un partido o movimiento político o en consultas interpartidistas no podrá inscribirse por otro en el mismo proceso electoral. El resultado de las consultas será obligatorio”.
El problema para el CNE es que deberá resolver con urgencia cualquier solicitud que llegue contra la inscripción de Iván Cepeda y, eventualmente, del exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, quien también participó en la consulta del 26 de octubre, pese a que renunció días antes de la convocatoria a las urnas.
Al fin y al cabo, hasta el 6 de febrero hay plazo para que los integrantes del Pacto Amplio se inscriban, pero el 8 de marzo se celebrarán las elecciones. No se puede olvidar que la Registraduría debe imprimir los tarjetones y repartirlos no solo en todo el país, sino también en el exterior, ya que la consulta tiene alcance internacional.
Por ello, los organismos de control —el procurador, el contralor y el registrador— manifestaron su preocupación en la carta enviada al CNE, al consultar: “¿Pueden las organizaciones políticas y los ciudadanos que participaron en las consultas del 26 de octubre de 2025 hacer parte de las consultas del 8 de marzo de 2026?”.
