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El fantasma de la inhabilidad de Iván Cepeda: expertos coinciden en que no podría participar en la consulta del Pacto Amplio. ¿Asumirá el riesgo?

Iván Cepeda no se ha inscrito en la consulta del Pacto Amplio y la sombra de una posible inhabilidad lo cobija. En la izquierda hay incertidumbre. SEMANA revela un concepto del CNE sobre el tema.

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24 de enero de 2026, 8:05 a. m.
Iván Cepeda está habilitado si participa directamente en la primera vuelta presidencial. Si se inscribe en la consulta del Pacto Amplio, tendría que defenderse jurídicamente.
Iván Cepeda está habilitado si participa directamente en la primera vuelta presidencial. Si se inscribe en la consulta del Pacto Amplio, tendría que defenderse jurídicamente. Foto: SEMANA

En la campaña del precandidato a la presidencia Iván Cepeda ronda el fantasma de una supuesta inhabilidad en la que incurriría el hoy senador del Polo Democrático si se inscribe en la consulta del Pacto Amplio. Ahí mediría fuerzas en las urnas con el exembajador Roy Barreras, el exgobernador Camilo Romero, el exalcalde Daniel Quintero y el exministro Juan Fernando Cristo.

Cepeda, después de participar en la consulta del Pacto Histórico del 26 de octubre de 2025, no estaría inhabilitado si llega directamente a la primera vuelta presidencial del 28 de mayo, pero, al parecer, sí lo estaría si decide oficialmente formar parte de esa consulta, que promete sacar a un candidato único de la izquierda y la centroizquierda.

Tiene plazo hasta el 6 de febrero para decidir si se inscribe en el Pacto Amplio. Solo hasta ese día se conocerá si opositores a su aspiración la demandarán ante el Consejo Nacional Electoral. Hoy, como no está inscrito, no reposa en dicho tribunal ningún requerimiento en su contra.

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La Ley 1475 de 2011, en su artículo 7, se convirtió en el principal dolor de cabeza para la campaña presidencial de Cepeda. “El resultado de las consultas será obligatorio para el partido, movimiento, grupo significativo de ciudadanos o coalición, que la hubiese convocado, así como para los precandidatos que hubieren participado en ellas”, se lee.

Se entiende –añade la ley– “que un precandidato ha participado en una consulta cuando su inscripción ha quedado en firme de conformidad con las disposiciones establecidas por los partidos y movimientos que la convocan”.

Consejo Nacional Electoral.
Consejo Nacional Electoral. Foto: GUILLERMO TORRES-SEMANA

Y advierte que quienes hubieren participado como precandidatos “quedarán inhabilitados para inscribirse como candidatos en cualquier circunscripción dentro del mismo proceso electoral, por partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos o coaliciones distintas”.

“En caso de incumplimiento de los resultados de las consultas o en caso de renuncia del candidato, los partidos, movimientos y/o candidatos deberán reintegrar proporcionalmente los gastos en que hubiera incurrido la organización electoral, los cuales serán fijados por el Consejo Nacional Electoral”, remata.

Otro artículo que juega en contra de Cepeda es el 107 de la Constitución Política de Colombia: “Quien participe en las consultas de un partido o movimiento político o en consultas interpartidistas no podrá inscribirse por otro en el mismo proceso electoral. El resultado de las consultas será obligatorio”.

Iván Cepeda sabe que la acción de revocatoria de su inscripción está en el horno, caliente, lista para ser radicada ante el CNE por parte de sus opositores, quienes creen que, consiguiendo que él llegue directamente a la primera vuelta presidencial, la izquierda se dividirá y les permitirá a la derecha y centroderecha tener un margen de maniobra en las urnas.

El exregistrador delegado en lo electoral Nicolás Farfán Namén radicó esta semana una solicitud al registrador Hernán Penagos en la que pidió rechazar la eventual inscripción de Iván Cepeda Castro. Entregó varios argumentos, entre ellos lo expuesto anteriormente sobre lo dispuesto en la Ley 1475 de 2011, en su artículo 7.

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Recordó que el 8 de octubre de 2025 el registrador delegado en lo electoral, Jaime Hernando Suárez, informó, a través de un comunicado de prensa, que “la consulta (del 26 de octubre de 2025), donde participó Iván Cepeda, fue solicitada por varios partidos políticos, los cuales, dentro del término legal, es decir, el 26 de septiembre, ratificaron su intención de realizarla e inscribieron sus candidatos. Por lo tanto, la inscripción no es consecuencia de la medida provisional en sede de tutela, sino de la solicitud de los partidos Polo Democrático Alternativo, Unión Patriótica y Comunista Colombiano”.

Farfán Namén insiste en que la consulta del 26 de octubre, cuando Cepeda superó 1.500.000 votos, fue interpartidista y, por tanto, el líder de izquierda no podría volver a postular su nombre en la consulta interpartidista del 8 de marzo.

Iván Cepeda está habilitado si participa directamente en la primera vuelta presidencial. Si se inscribe en la consulta del Pacto Amplio, tendría que defenderse jurídicamente.
Iván Cepeda está habilitado si participa directamente en la primera vuelta presidencial. Si se inscribe en la consulta del Pacto Amplio, tendría que defenderse jurídicamente. Foto: COLPRENSA

Cepeda, consciente de la controversia jurídica que se le viene encima, ha insistido en que la consulta de octubre pasado fue partidista y, en consecuencia, tiene el camino libre para participar en una interpartidista. “La consulta de octubre tenía un carácter partidista y no interpartidista, como se ha pretendido presentar esta consulta”, explicó.

Y advirtió que, si se le impide la participación en la consulta del 8 de marzo, “significaría de forma clara y abierta una violación a nuestros derechos políticos y, por supuesto, motivaría la movilización del Pacto Histórico”.

El equipo jurídico de Cepeda argumenta que la consulta fue partidista porque el 22 de octubre de 2025 los partidos Unión Patriótica y el Partido Comunista radicaron ante el CNE y la Registraduría su renuncia a la consulta por “la calificación de facto del Consejo Nacional Electoral como consulta interpartidista”. En el escenario de juego de la consulta solo quedó el Polo Democrático, que avaló a Cepeda y a la exministra Carolina Corcho.

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No se puede olvidar que Daniel Quintero, exalcalde de Medellín, renunció a la consulta el 10 de octubre de 2025 porque, según anticipó, “me habría impedido participar en las elecciones que vamos a realizar en marzo de 2026”.

Su fotografía apareció en el tarjetón electoral y obtuvo más de 145.000 votos, dos hechos que se le convirtieron en un problema porque la Registraduría le negó la inscripción del grupo significativo de ciudadanos denominado Reset Total contra el Narco y los Corruptos, con el que recogería firmas y validaría su inscripción a la presidencia. Tras la inscripción de Quintero en la consulta del Pacto Histórico el 26 de octubre de 2025, no podía promover una candidatura independiente a través de la recolección de firmas, argumentó el organismo electoral.

El tarjetón de octubre de 2025, en el que se habla de una consulta de candidatos a la presidencia, juega en contra de Iván Cepeda, según abogados consultados por SEMANA.
El tarjetón de octubre de 2025, en el que se habla de una consulta de candidatos a la presidencia, juega en contra de Iván Cepeda, según abogados consultados por SEMANA. Foto: SUMINISTRADA A SEMANA

El antecedente contra Quintero en la Registraduría no favorece a Iván Cepeda porque, a juicio de varios juristas consultados por este medio, es el mismo caso.

SEMANA conoció otro antecedente en el Consejo Nacional Electoral, del 24 de octubre de 2017, firmado por el entonces presidente del CNE, Carlos Camargo, hoy en la Corte Constitucional, y Héctor Elí Rojas, quienes resolvieron una solicitud de consulta del entonces secretario general del Partido Liberal, Miguel Ángel Sánchez Vásquez, en medio de la consulta a la presidencia entre Humberto de la Calle y Juan Fernando Cristo.

“¿Qué diferencia existe entre elegir un candidato o un representante del partido para participar en otro proceso electoral de consulta popular interpartidista con miras a ser candidato en la elección de presidente y vicepresidente a celebrarse el 27 de mayo de 2018 de un partido o movimiento político?”, preguntó Sánchez Vásquez.

Los togados respondieron: “Las consultas, en cualquiera de sus modalidades (internas, populares o interpartidistas), son mecanismos de participación democrática a través de los cuales los partidos o movimientos políticos con personería jurídica pueden adoptar sus decisiones internas (cualquiera que fuere) o escoger sus candidatos propios o de coalición. Puede ocurrir también que la organización política, mediante una consulta, traslade a los militantes y simpatizantes de esta la opción de tomar la decisión interna de un representante suyo para futuras coaliciones o consultas interpartidistas con el fin de elegir candidatos de elección popular que aseguren un éxito en la contienda electoral”.

Los magistrados abrieron la puerta para que en el tarjetón de la consulta se les preguntara a los votantes si permitían que quien ganara estuviera habilitado para competir en otros escenarios. En el caso de Iván Cepeda no ocurrió porque en el tarjetón apareció: “Voto para la consulta de candidatos a presidente de la república”.

El exregistrador Nicolás Farfán Namén afirmó que “el pueblo, el 26 de octubre de 2025, escogió a su candidato a la presidencia, mas no contestó a una pregunta en el tarjetón para seleccionar un representante de dichos partidos para participar en otra consulta interpartidista futura”.

Más allá de los conceptos jurídicos, la última palabra la tendrá el Consejo Nacional Electoral, un tribunal conformado por nueve magistrados, cercanos a los más representativos partidos políticos y quienes seguramente buscarán moverse de acuerdo con los intereses electorales.

SEMANA habló con abogados del CNE y tienen claro que Cepeda sí estaría inhabilitado si se inscribe a la consulta de marzo, pero cualquier cosa puede ocurrir porque el tema jurídico se centrará exclusivamente en definir si la consulta de octubre fue partidista o interpartidista.

De los nueve magistrados, cinco podrían votar contra Cepeda y cuatro a su favor, pero varias fuentes cercanas al Consejo Nacional Electoral coinciden en que togados cercanos a Roy Barreras –el competidor fuerte de Cepeda en la consulta– quieren que habiliten al hoy senador y le permitan participar porque está convencido de que podría derrotarlo en las urnas.

En conclusión, la decisión sobre el futuro de Cepeda –que pondrá a correr al CNE– será más política que jurídica.


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