Los denominados choques simples o de latas son accidentes en los que no hay personas heridas ni fallecidas, pero que pueden generar una larga congestión vehicular.

Los problemas de movilidad provocados por el incidente pueden ir aumentando mientras los actores viales involucrados esperan la llegada de agentes de tránsito para atender lo ocurrido.
Para evitar una mayor congestión, la Alcaldía Mayor de Bogotá, por medio de la Secretaría Distrital de Movilidad, ha recordado en sus canales oficiales el paso a paso que los ciudadanos deben aplicar cuando un accidente únicamente ha dejado daños materiales menores.

La orientación de la entidad busca brindar apoyo a los usuarios afectados, además de prevenir que el choque genere una mayor congestión vehicular.
La Administración del alcalde Carlos Fernando Galán aclara que hay una manera (establecida en una ley nacional) para documentar los hechos, retirar los vehículos afectados y resolver lo relacionado con los daños.
¿Qué hacer si está involucrado en un choque simple?
De acuerdo con la Ley 2251 de 2022, también conocida como la Ley Juan Esteban, no hay necesidad de esperar a que llegue un agente de tránsito cuando se presenta un choque simple o de latas, por lo que los conductores podrán ir adelantando las medidas correspondientes.
La Secretaría de Movilidad informa el paso a paso que tienen que cumplir los conductores afectados:
- Hacer un registro fotográfico y en video de los daños sin exponer su integridad en la vía.
- Mover los vehículos de tal manera que el tráfico no sea bloqueado.
- Tomar los datos de los demás involucrados: nombre completo del conductor, del propietario, números de documento y la matrícula de los demás vehículos.
- Comunicarse con la aseguradora si se tiene póliza vigente o acordar un monto, plazos y medio de pago.

Por otro lado, el Ministerio de Transporte recuerda que, si alguno de los conductores involucrados en el choque simple se niega a retirar uno de los vehículos colisionados en el accidente de tránsito, las autoridades deberán proceder con el retiro del carro e imponer una sanción económica al infractor, de acuerdo con lo establecido en el Código Nacional de Tránsito.
La persona que se negó a mover su auto podría recibir una multa C.3 por “bloquear una calzada o intersección con un vehículo, salvo cuando el bloqueo obedezca a la ocurrencia de un accidente de tránsito” y tendría que pagar un valor de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).
