VEHÍCULOS

¿Lleva a sus hijos adelante en la moto? Esta mala práctica tiene una costosa multa

La seguridad de los menores es uno de los aspectos contemplados en las normas de tránsito.

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6 de octubre de 2026 a las 3:24 p. m.
La normativa establece restricciones para el transporte de menores de edad en motocicletas en Colombia.
La normativa establece restricciones para el transporte de menores de edad en motocicletas en Colombia. Foto: Getty Images

Una de las prácticas más comunes que realizan los motociclistas de Colombia es llevar en la parte delantera a sus hijos por comodidad y control visual. No obstante, acciones como estas son extremadamente peligrosas, sobre todo para la seguridad del menor de edad.

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Este ejercicio se puede realizar en el país, siempre y cuando el conductor esté cumpliendo diferentes condiciones y restricciones; de lo contrario, estaría recibiendo duras sanciones económicas de las autoridades.

La Ley 2251 de 2022, también conocida como la Ley Juan Esteban, se encarga de modificar las normas de tránsito para proteger la vida de los ciudadanos que circulan por las vías del país.

Estos ajustes traen cambios a los comportamientos que deben tener los motociclistas, entre ellos la presencia de niños en una motocicleta. La normativa vigente indica que ningún menor de diez años puede ser transportado en esta clase de vehículos, sin importar la distancia o el trayecto.

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Los motociclistas deben cumplir las condiciones establecidas para transportar a niños en sus vehículos. Foto: 123RF

“Por su estatura, muchas niñas y niños menores de 10 años no alcanzan los reposapiés y esto hace que no tengan un soporte adecuado para desplazarse con seguridad. Además, aumenta la probabilidad de perder el equilibrio o lesionarse con los radios de la llanta de la moto”, comenta la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

Ya cuando los niños hayan cumplido esta edad, sí podrán ser transportados en una motocicleta, siempre y cuando usen el casco de seguridad, se encuentren correctamente sentados y no excedan el número permitido de ocupantes.

“El conductor y el acompañante deberán portar siempre el casco de seguridad, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte. En todo caso, no se podrá exigir que el casco contenga el número de placa correspondiente al del vehículo en que se moviliza”, informa la ley.

Transportar a menores de 10 años en motocicleta está prohibido por las normas de tránsito vigentes en Colombia.
Transportar a menores de 10 años en motocicleta está prohibido por las normas de tránsito vigentes en Colombia. Foto: SOPA Images/LightRocket via Gett

Si los motociclistas del país son vistos incumpliendo esta norma, recibirían una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), lo que equivale a 633.200 pesos.

Además de la multa, la moto puede ser inmovilizada, derivando en un costo adicional y trámites para el propietario.

Las autoridades de tránsito hacen un llamado a los conductores a respetar las normas que se encuentran establecidas en el Código Nacional de Tránsito, como lo son las edades mínimas para movilizarse en una motocicleta, así como tener las documentaciones del vehículo al día.

Algunas de ellas son la licencia de conducción, la licencia de tránsito, el Soat y la revisión técnico-mecánica.