Tras el hundimiento de la ley de financiamiento, con la que buscaba recaudar cerca de 16 billones de pesos y ‘cuadrar caja’ para el presupuesto de este año, el Gobierno hizo una nueva jugada: expidió un decreto de emergencia económica con nuevos impuestos.
Aunque para distintos expertos, como el exministro José Antonio Ocampo, no hay un hecho sobreviniente que soporte la medida, parece una reforma tributaria por la puerta de atrás, que busca unos 10 billones de pesos, e incluyó muchas de las iniciativas que consagró en la ley de financiamiento que no prosperó.

Allí hay impuestos a los juegos de suerte y azar, a los licores, al sector financiero; vuelve a revivir la no deducibilidad de las regalías para los sectores petrolero y carbonero, a los envíos postales, a los cigarrillos y a los bienes de lujo. Los sectores afectados se han pronunciado contra la nueva carga tributaria.
Por ejemplo, los 32 gobernadores, reunidos en la Federación Nacional de Departamentos (FND), rechazaron la medida porque vulnera la autonomía fiscal territorial y pone en riesgo una de las rentas más importantes de los departamentos: la de cigarrillos y licores. Sin embargo, hay una decisión que incluso ha llegado a ser calificada como confiscatoria: el impuesto al patrimonio.

El decreto endurece este impuesto para 2026, tanto en su alcance como en su carga, explica Juan Pablo Suárez, líder del área tributaria de CMM Estudio Legal: baja el umbral de entrada, pues antes los contribuyentes de este impuesto eran únicamente quienes tenían patrimonios líquidos superiores a 72.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) (3.585.528.000 pesos para 2025) a 40.000 UVT (2.094.960.000 para 2026), ampliando masivamente la base de contribuyentes gravados.
“A su turno, sube las tarifas marginales que para el año 2025 iban progresivamente hasta el 1,5 por ciento, hasta el 5 por ciento en 2026, niveles que, sumados a renta, predial y otros impuestos, son abiertamente confiscatorios”, agrega Suárez.

Juan Guillermo Ruiz, socio de Posse Herrera Ruiz y quien fue presidente del Instituto Colombiano de Derecho Tributario, considera que son tarifas que reflejan de una manera desproporcionada el ánimo recaudatorio del Gobierno.
“Se trata de un tributo inconveniente porque el recaudo no suele ser una cifra material dentro del valor total del presupuesto, pero el efecto de establecer el impuesto al patrimonio, la desconfianza que genera entre los inversionistas, es de tal magnitud que definitivamente es una decisión muy equivocada la de aplicarlo”, explica Ruiz.

Coincide en que tiene rasgos confiscatorios. “Definitivamente, en las proporciones en las que se está aplicando y las que se han definido en este decreto extraordinario, se cubren los criterios constitucionales de lo que se llamaría un tributo con rasgos confiscatorios”, advierte el experto tributarista.
Para Ruiz, la medida no solo castiga a aquellas personas que cumplen con el reconocimiento de sus patrimonios en sus declaraciones tributarias, sino que podría afectar la inversión por la migración de capitales.

“Implica que algunos contribuyentes tomen decisiones de planeaciones tributarias más agresivas ante el abuso en la imposición que se deriva de este tipo de medidas; e, incluso, que se den situaciones de migración de ciudadanos o residentes colombianos a otras jurisdicciones”, asegura Ruiz.
Por su parte, Suárez asegura que, en materia tributaria, los contribuyentes están muy “alarmados y cansados” de lo que llamó cambios improvisados, sin sustento económico sólido y además en plena coyuntura electoral. “Hay preocupación por el impacto devastador que estas medidas pueden tener sobre la economía y, sobre todo, por la inseguridad jurídica que generan unos superpoderes presidenciales ejercidos sin suficiente justificación”, concluye.










