El Gobierno nacional expidió el Decreto 455 del 28 de abril de 2026, en el cual estableció aranceles del 35 %, el 50 % y el 75 % a 191 productos de Ecuador.

Según el pronunciamiento del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, 191 productos importados desde Ecuador, de un universo arancelario de 758 subpartidas que se intercambian con ese país, pagarán un arancel diferenciado del 35 %, 50 % y 75 % al ingresar a Colombia.
#ECONOMÍA | El Gobierno expide el Decreto 0455 del 28 de abril de 2026, el cual establece aranceles del 35%, 50% y 75% a 191 productos de Ecuador, según la capacidad productiva nacional.
— ÚltimaHoraCaracol (@UltimaHoraCR) April 30, 2026
La medida busca proteger la industria, el empleo y garantizar el abastecimiento,… pic.twitter.com/UFfCUBG9gx
“Que de conformidad con el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, le corresponde al presidente de la República, entre otras funciones, modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas y regular el comercio exterior”, señala el decreto.

Junto a esto, el decreto señala que, según el artículo 226 de la Constitución Política, el Estado promoverá la internacionalización de las relaciones políticas, económicas, sociales y ecológicas sobre bases de equidad, y conveniencia nacional.
“Con esta medida no solo protegemos la industria nacional, sino que garantizamos el abastecimiento interno. Esto implica mantener arancel cero para los bienes que son insumos productivos esenciales, que no tienen sustituto inmediato y que son necesarios para los procesos de transformación con valor agregado. Y al tiempo, aplicamos medidas de protección en los sectores en los que Colombia cuenta con capacidad productiva suficiente”, explicó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas.

La cartera señala que productos estratégicos y esenciales para Colombia, que funcionan como insumos o bienes intermedios claves para la transformación de otros bienes con valor agregado o que no se produzcan en el mercado interno, no pagarán arancel.

Productos que quedarán con arancel
Arancel del 35 %:
- Fríjol
- Los demás fríjoles
- Plátanos
- Preparaciones para alimentación animal
- Alimentos balanceados para animales
- Carbonato de calcio
- Medicamentos
- Congeladores
Arancel del 50 %:
- Grasas y aceites vegetales hidrogenados, interesterificados o modificados
- Neumáticos
- Otros tableros de madera
- Diferentes clases de papel
- Otros artículos de papel
- Artículos moldeados de papel
- Sacos y talegas de polietileno o polipropileno
- Sacos y talegas tejidas para envasado
Arancel del 75 %:
- Diferentes clases de arroz
- Aceite de palma
- Azúcar
- Café
- Cacao en polvo
- Extractos, concentrados y esencias de café
- Alcohol etílico
- Cintas adhesivas de polipropileno
- Placas de polipropileno
- Tubos rígidos de PVC
- Placas de PET
- Asientos y tapas de inodoros
- Bombonas, garrafones y recipientes similares
- Vajillas de plástico
- Los demás artículos de cocina
- Partes de refrigeradores
- Cuadernos
- Telas no tejidas
- Barras de acero
- Perfiles de acero
- Tubos de acero inoxidable soldados
- Perfiles de aluminio
- Tubos de aluminio sin alear
- Barras de aluminio
- Campanas extractoras
- Herramientas de perforación para roca
- Herramientas para taladrar
- Gasolinas
- Los demás aceites de petróleo
- Aceites lubricantes
