ECONOMÍA

Lo que el caso Shakira revela sobre las estrictas reglas tributarias colombianas

Ingresos, patrimonio y vínculos económicos también influyen en la residencia fiscal colombiana.

GoogleSiga las noticias de SEMANA en Google Discover y manténgase informado

28 de mayo de 2026 a las 3:34 p. m.
El caso Shakira
El caso Shakira Foto: AFP

La reciente decisión judicial a favor de Shakira en España volvió a poner sobre la mesa una discusión que trasciende el caso de la artista: qué significa realmente ser residente fiscal y qué tan estrictas pueden llegar a ser las reglas tributarias para personas con ingresos, inversiones o patrimonio internacional. Expertos advierten que el precedente también deja lecciones importantes para contribuyentes colombianos.

Abogado de Shakira habla de “presión moral y psicológica” en proceso con Hacienda, “un calvario” para la artista

El pasado 15 de abril de 2026, la Audiencia Nacional de España falló a favor de la cantante dentro de un litigio estimado en 55 millones de euros, al anular liquidaciones tributarias relacionadas con el impuesto sobre la renta, patrimonio y sanciones correspondientes a 2011.

La decisión se produjo después de que el tribunal concluyera que la administración tributaria española no logró demostrar legalmente la residencia fiscal de la artista durante ese periodo.

Inicialmente, la autoridad fiscal española exigía a la cantante tributar sobre toda su renta mundial, al reclamar aproximadamente 24,7 millones de euros por impuesto sobre la renta, 2,7 millones por patrimonio y sanciones adicionales cercanas a 27,6 millones de euros, cifras que sumaban uno de los litigios tributarios más mediáticos de los últimos años.

Uno de los elementos centrales del caso fue el criterio de permanencia física. La normativa española exige 183 días de permanencia para configurar residencia fiscal, pero la administración reconoció que Shakira permaneció solamente 163 días en territorio español durante 2011, es decir, 20 días menos del umbral requerido.

Shakira no ha sido la única: famosos que han enfrentado líos con la Hacienda española; hay varias figuras icónicas del fútbol

El tribunal descartó, además, argumentos relacionados con ausencias esporádicas y vínculos personales para completar ese periodo.

Sin embargo, especialistas tributarios advierten que el resultado podría haber sido diferente bajo la legislación colombiana. Según el análisis realizado por Jaime Enrique Gómez, socio de Posse Herrera Ruiz, el artículo 10 del Estatuto Tributario colombiano aplica criterios considerablemente más amplios.

Shakira a su llegada al Juzgado de Primera Instancia y de Familia Nº 18 de Barcelona junto a su hermano Tonino
La legislación colombiana evalúa más factores además de permanencia física. Foto: Europa Press

En Colombia, los 183 días pueden contabilizarse dentro de cualquier periodo consecutivo de 365 días, lo que amplía significativamente el alcance de la norma.

Además, la residencia fiscal colombiana no depende únicamente de la permanencia física. Una persona puede ser considerada residente si más del 50% de sus ingresos proviene de fuente nacional, si más del 50% de sus activos están administrados en Colombia o si mantiene determinados vínculos económicos relevantes con el país.

Otro aspecto relevante aparece en los llamados paraísos fiscales o jurisdicciones no cooperantes. Mientras el tribunal español consideró irrelevante este factor dentro del caso concreto, la legislación colombiana establece presunciones automáticas de residencia fiscal para nacionales ubicados en determinadas jurisdicciones catalogadas como no cooperantes.

Abogado de Gerard Piqué habló sobre demanda a Shakira por tema de sus hijos; el exfutbolista habría tomado decisión

El análisis también deja una lección práctica para empresarios, inversionistas, trabajadores remotos y colombianos con operaciones internacionales: conservar soportes migratorios, certificados tributarios, pruebas de permanencia física y documentación económica empieza a ser tan importante como cumplir la norma misma.

Para el experto, la discusión ya no gira únicamente alrededor de cuántos días permanece una persona en un país, sino sobre qué tan fácil resulta demostrar dónde realmente vive, trabaja y genera valor económico.