El Tribunal Supremo dejó sin efecto una disposición vigente en Hawái que impedía a las personas con permisos de porte oculto ingresar con armas de fuego a propiedades privadas abiertas al público, salvo que contaran con la autorización expresa de los propietarios.

Con una votación de 6 a 3 en el caso Wolford contra López, el máximo tribunal se inclinó a favor de varios dueños de armas y de una organización defensora del derecho a portarlas, quienes sostenían que la normativa hawaiana, al limitar los espacios en los que podían llevar armas, contravenía la Segunda Enmienda de la Constitución.
La legislación del estado establecía que los ciudadanos con permisos de porte oculto debían obtener consentimiento previo antes de ingresar armados a lugares privados de acceso público, entre ellos estaciones de servicio, restaurantes y comercios.

No obstante, en un escrito elaborado por el juez Samuel Alito, la mayoría conservadora del Tribunal Supremo concluyó que la medida de Hawái “limita lo que protege la Segunda Enmienda: el derecho de los estadounidenses a portar armas para la autodefensa en su vida cotidiana”.
“La Segunda Enmienda tiene el mismo significado en todas partes de los Estados Unidos”, dijo Alito. “No puede ceder ante ‘el espíritu de Aloha’ en Hawái”.
La decisión favorable para los propietarios de armas se da después del fallo emitido por el Tribunal Supremo en 2022, cuando la máxima instancia judicial reconoció por primera vez que la Segunda Enmienda protege el derecho de los ciudadanos a portar armas de fuego fuera de sus viviendas.

Ese pronunciamiento estableció un nuevo parámetro que los tribunales deben utilizar para evaluar la constitucionalidad de las restricciones sobre armas, obligando al Gobierno a demostrar que cualquier limitación está respaldada por la tradición histórica estadounidense en materia de regulación de armas de fuego.

La primera aplicación de este criterio ocurrió en 2024, cuando la Corte Suprema confirmó una legislación federal que impedía a las personas con órdenes de restricción por violencia doméstica poseer armas.
La semana pasada, el Tribunal Supremo volvió a pronunciarse sobre otra normativa federal relacionada con las armas de fuego y concluyó que el Gobierno no puede privar de manera automática del derecho a portar armas a quienes consumen marihuana de forma habitual y no representan un peligro.

El fallo de la Corte Suprema no afecta las demás restricciones de Hawái sobre armas en lugares como bares, playas o parques, que no fueron objeto del caso, ni en lugares sensibles como escuelas o edificios gubernamentales.
