El Juzgado 35 civil de Bogotá negó, en fallo de primera instancia, las pretensiones de la acción de tutela presentada por el coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega y sus hijos en contra de la productora Dynamo Producciones S.A.S., encargada de la serie Palacio, que se estrenará el próximo 6 de noviembre en Netflix.

En la acción judicial, cuyos detalles fueron revelados por SEMANA, el oficial en retiro solicitaba que se realizaran una modificaciones en las introducciones de los capítulos y el tráiler de la serie para que se indicara a la audiencia que el coronel en retiro había sido absuelto por la Corte Suprema de Justicia.
Esto se debe a que la producción utilizaba el nombre completo del oficial, sus rasgos distintivos y los hechos para señalarlo como el responsable de la desaparición de civiles que salieron con vida de las instalaciones del Palacio de Justicia.

En el fallo, el cual será impugnado por la defensa del coronel Plazas, se señala que realizar cualquier tipo de modificación representaría un caso de censura.
“(...) no puede una autoridad judicial acudir a disponer la inclusión de avisos en las piezas visuales que se exhiban, pues ello, de cierta manera, sería conducir el entendimiento de la producción, imponiendo una suerte de censura y, por este motivo, yendo en contra de la libertad de expresión que poseen este tipo de obras de carácter artístico”, señala el fallo.

Igualmente, se advierte que con las piezas audiovisuales conocidas hasta el momento no se puede llegar a la certeza de si el nombre del coronel en retiro fue utilizado adecuadamente.
“Claro está, que la libertad a la que hace alusión (...) no es una autorización para afectar los derechos de Luis Alfonso Plazas Vega -padre de los accionantes-, atribuyéndole la comisión de conductas punibles en su calidad de comandante de la Escuela de Caballería del Ejército Nacional de Colombia, unidad que hizo presencia en los eventos del 6 y 7 de noviembre de 1985. Ello no es así. Aclarando, al respecto, que de lo que hasta ahora difundido no se tiene certeza de esa imputación al citado oficial retirado”, precisa el fallo.

Por esto, se abriría la puerta a una posible revisión del contenido de la serie una vez sea estrenada.
“No se abre paso al reclamo presentado, pues para este momento no se encuentra acreditada una vulneración cierta y actual de los derechos fundamentales cuya protección se reclama. Antes bien, el amparo solicitado se sustenta en circunstancias futuras e inciertas que impiden tener por configurada una amenaza concreta capaz de justificar la intervención del juez constitucional”, indica.
