En la ciudad de Bucaramanga (Santander), inicia una nueva jornada de pico y placa, restricción de movilidad que busca mejorar el ordenamiento del tránsito de vehículos particulares, motocicletas y taxis, en las vías de la capital santandereana. Además de reducir los niveles de contaminación y las cifras de accidentalidad, según informó la Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB).
De acuerdo con la norma, este martes 15 de noviembre no podrán circular por la Ciudad Bonita las motocicletas, vehículos particulares y taxis cuyo último dígito de la placa termine en 1 y 2. La restricción de movilidad aplica de 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m.
Además de los vehículos particulares y motocicletas, esta medida también rige para los automotores de servicio oficial, diplomático, consular, de importación temporal o matrícula extranjera y para vehículos de servicio público, exceptuando a los de transporte individual tipo taxi, los cuales tienen una programación diferente.
En cuanto a los vehículos de servicio público individual tipo taxi, esta restricción aplica a aquellos con placas también terminadas en 9 y 0. Sin embargo, para estos automotores la prohibición de circulación inicia a las 7:00 a. m. y va hasta las 9:00 p. m.

En caso de incumplir esta medida, el conductor será sancionado con la imposición de una multa de aproximadamente $ 500.000 pesos; y el vehículo podría ser inmovilizado por autoridades competentes.
Adicional esta restricción vial, la DTB señaló que en la capital santandereana se intensificaron los controles de tránsito ante el incumplimiento de la norma por parte de algunos conductores, quienes optan por sacar sus vehículos, generando más congestión de la que ya se registra en la ciudad.
Así mismo, la entidad recordó que la vía entre la Estación Quebradaseca y la calle 45 en Bucaramanga es de uso exclusivo para el sistema de transporte masivo Metrolínea, por lo cual allí se han ubicado agentes de tránsito en varios cruces, con el fin de evitar que los particulares utilicen dicho carril.
El valor de las infracciones
4 salarios mínimos legales diarios vigentes (para conductores de un vehículo no automotor).
- Agarrarse de otro vehículo en circulación
- Transportar personas o cosas que disminuyan su visibilidad e incomoden la conducción.
- Transitar por andenes y demás lugares destinados al tránsito de peatones.
- Transitar sin dispositivos que permitan la parada inmediata o con ellos, pero en estado defectuoso.

- Conducir por la vía férrea o por zonas de protección y seguridad
- Transitar por zonas restringidas o por vías de alta velocidad como autopistas y arterias, en este caso el vehículo automotor será inmovilizado.
8 salarios mínimos legales diarios vigentes (para conductores de vehículos automotores).
- Conducir un vehículo con la licencia de conducción vencida.
- Conducir un vehículo: sin placas, o sin el permiso vigente expedido por autoridad de tránsito. Con placas adulteradas. Con una sola placa, o sin el permiso vigente expedido por autoridad de tránsito. Con placas falsas.
- En estos casos los vehículos serán inmovilizados: No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo. No pagar el peaje en los sitios establecidos. Utilizar equipos de sonido a volúmenes que incomoden a los pasajeros de un vehículo de servicio público. Conducir un vehículo con vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, sin portar el permiso respectivo. Conducir un vehículo con propaganda, publicidad o adhesivos en sus vidrios que obstaculicen la visibilidad.
15 salarios mínimos legales diarios vigentes (para conductores de vehículos automotores).
- Presentar licencia de conducción adulterada o ajena lo cual dará lugar a la inmovilización del vehículo.

- Estacionar un vehículo en sitios prohibidos. Bloquear una calzada o intersección con un vehículo.
- No utilizar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo.
