La Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB) informó que en la ciudad se encuentra vigente la medida de pico y placa, una restricción de movilidad que busca mejorar el ordenamiento del tránsito de vehículos particulares, motocicletas y taxis, en las vías de la capital santandereana.
De acuerdo con la norma, que opera desde inicio de este mes mes de abril cuando rotó por tercera vez, la restricción de movilidad aplica de 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m. y este viernes 8 de julio cobija a los vehículos cuyo último dígito de la placa termine en 5 y 6.
Además de los vehículos particulares y motocicletas, esta medida también rige para los automotores de servicio oficial, diplomático, consular, de importación temporal o matrícula extranjera y para vehículos de servicio público, exceptuando a los de transporte individual tipo taxi, los cuales tienen una programación diferente.
En cuanto a los vehículos de servicio público individual tipo taxi, esta restricción aplica a aquellos con placas también terminadas en 7 y 8. Sin embargo, para estos automotores la prohibición de circulación inicia a las 7:00 a. m. y va hasta las 9:00 p. m.

En caso de incumplir esta medida, el conductor será sancionado según lo consagrado en el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, y el vehículo podría ser inmovilizado por autoridades competentes.
“Instamos a los conductores a estar pendientes de la rotación y atenderla desde su inicio para contribuir a una mejor movilidad, y evitar la sanción que para este caso equivale a 15 salarios mínimos diarios legales y vigentes ($500.000), además de la inmovilización del vehículo”, dijo el director de Tránsito de la ciudad, Iván Rodríguez.
Asimismo, la entidad recordó que esta medida aplica asta el 30 de septiembre.
¿Cómo pagar los comparendos por internet?
Antes de salir, es importante que tenga todo al día y evite malos ratos en sus recorridos. En primer lugar, cerciórese de que no tenga multas o comparendos pendientes. En caso de tenerlos, aquí le explicamos cómo puede realizar el pago en línea.
Vale la pena aclarar que existe una diferencia entre multa y comparendo, la primera consiste en una sanción únicamente monetaria mientras que, de imponérsele un comparendo, se requiere que el conductor se presente ante las autoridades de tránsito para que se le formulen cargos por su infracción.
Las personas pueden consultar esta información y saber si tienen alguna obligación por cualquiera de los dos conceptos en la página web del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito.

Allí deberán dirigirse al ícono en forma de lupa que acompaña el subtítulo Consulta de infracciones. Al hacer clic, aparecerá una página con un breve formulario, en el que el usuario deberá diligenciar su datos básicos: tipo de documento de identidad y el número del mismo. Y, también, deberá verificar que no es un robot.
Finalmente, solo hay que hacer clic en el botón Consultar. Una vez lo haga, se abrirá una nueva página en la que podrá ver el estado de su cuenta, con las respectivas multas y sanciones por infracciones de tránsito, si las hay.
