A pocos días de la apertura de las urnas en todo el territorio nacional para la primera vuelta presidencial de este domingo 31 de mayo, la organización de las votaciones afronta ajustes logísticos debido al retiro de algunos aspirantes.

Candidatos como Carlos Caicedo y Luis Gilberto Murillo formalizaron la declinación de sus campañas después de que las tarjetas de votación ya hubieran sido impresas por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Ante este panorama, el Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió una circular de instrucción obligatoria dirigida a los jurados y a las comisiones encargadas de realizar los escrutinios en el país. La directriz tiene como fin unificar los criterios de conteo para las casillas de los candidatos retirados que aún figuran en el papel.
El impacto legal de la renuncia en el tarjetón
El organismo de control estableció que el retiro de una campaña anula la validez de su espacio en el tarjetón. “Cuando un candidato a la Presidencia de la República presente renuncia formal a su postulación con anterioridad a la jornada electoral, la casilla de la tarjeta electoral que le corresponda deja de representar una opción legalmente válida”, señala el documento oficial del CNE.

De igual forma, la corporación fijó el procedimiento técnico para procesar dichos sufragios: “Las marcaciones que los ciudadanos realicen sobre la opción del candidato a la presidencia y su fórmula vicepresidencial que haya renunciado deberán calificarse y contabilizarse como votos no marcados”.
La autoridad electoral aclaró que estas tarjetas no se sumarán al voto en blanco, no se computarán como nulos, ni tendrán validez para calcular los umbrales o la votación total requerida en las fórmulas de asignación de puestos o cocientes.
Fundamentos del derecho electoral aplicados al escrutinio
Para sustentar la medida, el tribunal electoral se apoyó en los conceptos de analistas y doctrinantes de la región. La doctrina especializada en derecho electoral sostiene que la efectividad del sufragio depende de que este recaiga sobre una alternativa vigente al momento de abrirse las urnas.

Referentes como Dieter Nohlen, Manuel Aragón Reyes y Daniel Zovatto coinciden en que el voto pierde peso técnico cuando la postulación desaparece de la competencia jurídica, asimilándose por completo a la figura de sustracción de materia.
El CNE concluyó que aplicar esta regla no representa una extensión arbitraria de las normas, sino un reflejo del precedente del Consejo de Estado.
Por consiguiente, las comisiones auxiliares, locales, municipales y departamentales tienen la obligación legal de aplicar esta clasificación durante las jornadas de verificación de pliegos electorales que iniciarán tras el cierre de las mesas este domingo.
