Diferentes encuestas del país han revelado la percepción de inseguridad que tienen los ciudadanos en el territorio nacional.
Recientemente, por ejemplo, la Cámara de Comercio de Bogotá socializó los resultados de su más reciente hallazgo en esta problemática.

La vigésimo séptima versión de la Encuesta de Percepción y Victimización 2025 (EPV) mostró que, aunque los resultados mostraron una mejora en algunos indicadores de la ciudad, al menos el 66 % de los bogotanos considera que la inseguridad de la ciudad aumentó.
Sin embargo, esta no es una realidad exclusiva de la capital de la República.

Según las cifras más recientes del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad, en Colombia hay más de 26.000 cámaras de videovigilancia instaladas, de las cuales 4.000 corresponden a sistemas particulares de viviendas, empresas y negocios.
La instalación de estas cámaras en viviendas o negocios es legal en Colombia, siempre y cuando se respeten las normas vigentes de protección de datos personales y uso de grabaciones audiovisuales; así lo advirtió la Fiscalía General de la Nación.
El tratamiento de datos personales está sustentado en la Ley Estatutaria 1581 de 2012. Esta norma busca proteger la intimidad, honra y protección de los datos de las personas según el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia.
Restricciones y obligaciones: ¿debe compartirles las grabaciones a las autoridades?
La Fiscalía General de la Nación ha confirmado a través de comunicados oficiales que grabar espacios públicos desde el acceso a una vivienda es legal siempre y cuando tenga fines de seguridad.
Sin embargo, no pueden ser utilizados con otro objetivo, es decir, fines de divulgación violarían los derechos fundamentales de los ciudadanos y esto sí sería considerado ilegal.

Autoridades como la Fiscalía, la Policía o el CTI pueden solicitar los videos si se trata de una investigación. No es obligatorio que ellos tengan una orden judicial previa para acceder a las grabaciones en situaciones urgentes que les permitan esclarecer un delito.
Si no se trata de una situación urgente, la solicitud de las autoridades sí deberá estar respaldada por una orden judicial. No obstante, la colaboración ciudadana no es opcional.
Además, el Código de Procedimiento Penal también establece que las grabaciones obtenidas por sistemas de videovigilancia pueden ser utilizadas como prueba en investigaciones judiciales, por lo que negarse a entregar las grabaciones a las autoridades puede ser interpretado como “obstrucción a la justicia”, en caso de que el material sea clave en una investigación penal.
