En la mañana de este viernes, el Ministerio de Transporte, liderado por Elsa Noguera, derogó una circular emitida en el gobierno Petro que les permitía a los “carros cazafotomultas” imponer infracciones con cámaras y radares en la vía sin la señalización que deben cumplir las cámaras de fotodetección.

Se trata específicamente de la Circular 867 emitida por la pasada administración el 24 de diciembre de 2025, a vísperas de la Navidad.
De acuerdo con el Ministerio de Transporte, esta resolución les permitía a los agentes de tránsito instalar estos carros equipados con cámaras y otros dispositivos electrónicos en las diferentes vías del país y, sin la debida señalización que deben tener las cámaras fotomultas, imponer comparendos a los conductores colombianos.

El actual Ministerio de Transporte aseguró que se establecieron requisitos que no estaban previstos en la ley y se terminaron confundiendo dos figuras distintas: las cámaras automáticas de fotodetección y los dispositivos tecnológicos utilizados como apoyo a los agentes de tránsito.
Esto permitía que los conductores fueran multados en contextos que no estaban autorizados por las autoridades.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) es la entidad que se encarga de permitir la instalación de los puntos de fotodetección en pro de la integridad de los ciudadanos; sin embargo, ante la provisionalidad de estos mecanismos, no se consultaba a la agencia.
El actual Gobierno aseguró que este mecanismo era un “abuso”
A esta irregularidad el Gobierno De La Espriella le puso fin. Tras la instrucción del presidente, el Ministerio “frenó estos abusos”, según Elsa Noguera.
“Cuando un vehículo se esconde para tomar una fotografía sin que el conductor lo vea, no está logrando que reduzca la velocidad ni evitando un riesgo en la vía. La tecnología debe ayudar a prevenir, no simplemente a sancionar”, dijo la ministra.

A través de la Resolución N.° 20263040036655, el actual Ministerio del Transporte derogó la circular previamente mencionada, estableciendo que estos carros solo pueden multar a los infractores en la presencia de un agente de tránsito o estar autorizados por la ANSV, cumpliendo todas las señalizaciones respectivas.
“La nueva resolución corrige esta situación y establece una regla sencilla: si el dispositivo se utiliza como apoyo al control en vía, debe estar presente, visible e identificado un agente de tránsito que opere directamente el equipo y expida el comparendo”, explicó el Ministerio.
Esto no significa que los “carros cazafotomultas” vayan a dejar de operar; la medida establece que estos ya no podrán hacerlo con la libertad expedida en el gobierno Petro.

Para ello, el MinTransporte reveló que instruyó al Simit para que no prosperen los comparendos expedidos por estos vehículos cuando no se está cumpliendo alguna de estas dos condiciones:
- Acompañamiento de un agente de tránsito.
- La autorización del funcionamiento automático de la ANSV.
La Superintendencia de Transporte vigilará el cumplimiento de la medida e investigará a las autoridades de tránsito que utilicen estos sistemas de manera irregular.
Es importante precisar que, aunque son fotomultas, no impactan las cámaras de fotodetección, sobre las cuales el Gobierno De La Espriella anunció investigaciones en semanas pasadas.
